Términos que nos ayudarán a entender los planes de pensiones
VALOR UNIDAD DE CUENTA:
Es el valor de nuestra participación en un plan de pensiones. Este valor se calcula diariamente y se calcula dividiendo el patrimonio total del fondo entre las participaciones.
ENTIDAD GESTORA:
Es la entidad financiera que va a gestionar el dinero invertido en nuestro plan de pensiones. También es la encargada de controlar las cantidades invertidas en el plan y de informar a los partícipes sobre la evolución del mismo.
Las entidades gestoras deben de estar debidamente inscritas en la DGS (Dirección General de Seguros) y deben de tener la autorización administrativa correspondiente para poder operar.
La entidad gestora está supervisada por una comisión de control formada por una representación de los partícipes del propio Fondo para que las políticas de inversión se mantengan de acuerdo a las directrices del mismo.
ENTIDAD DEPOSITARIA:
Es la entidad que custodia el patrimonio del fondo de pensiones. A diferencia de una entidad gestora ésta no puede realizar ninguna operación sin el consentimiento de la entidad gestora.
PARTÍCIPES:
Son las personas que han invertido su dinero en el Plan de Pensiones.
COMISIÓN DE GESTIÓN:
Es la comisión que nos cobra la entidad gestora por remuneración de sus servicios, esta cantidad se deduce diariamente del valor de la unidad de cuenta del plan de pensiones. La comisión de gestión suele oscilar entre el 1 y el 2% de las cantidades aportadas.
COMISIÓN DE DEPÓSITO:
Es la comisión que cobra la entidad depositaria por el mantenimiento y custodia de los valores. Al igual que en la comisión de gestión esta cantidad se deduce diariamente del valor unidad de cuenta del plan de pensiones. La comisión de depósito suele oscilar entre el 0,1% y el 0,6% de las cantidades aportadas.
COMISIÓN DE TRASPASO:
Es la cantidad que cobran las entidades por traspasar nuestro plan de pensiones de una entidad gestora a otra, al igual que las comisiones de gestión y de depósito era un porcentaje sobre el patrimonio traspasado.
En la actualidad prácticamente ninguna entidad cobra esta comisión ya que la ley dispone que el traspaso de un Plan de Pensiones a otro se haga sin ningún coste para el partícipe.
APORTACIÓN MÍNIMA:
Es la cantidad mínima que una entidad gestora nos exige aportar al plan de pensiones.
Aunque legalmente no hay fijada una cantidad mínima la finalidad de la aportación mínima es evitar trámites administrativos que repercutirían negativamente en la rentabilidad final del Plan.
APORTACIÓN PERIÓDICA:
Es la cantidad que el partícipe se compromete a desembolsar de manera periódica a favor del plan.
Información facilitada por: www.netpensiones.net
pensiones@netpensiones.net

1.79%























