Las bajas comisiones alejarán a las gestoras de los planes de pensiones de empleo de Escrivá
El reglamento de los planes de pensiones de empleo establece una comisión de gestión máxima del 0,30%, muy inferior a la de otros países de la UE
El Consejo de ministros ha dado luz verde al Real Decreto que reforma el reglamento de planes y fondos de pensiones, cuyo objetivo es impulsar los planes de pensiones de empleo en España.
Se trata de un reglamento muy esperado por gestoras, empresas y trabajadores, con el que el Gobierno pretende "facilitar el acceso de los trabajadores de pymes, empleados públicos y autónomos a los planes de pensiones colectivos".
En concreto, el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, pretende que 10 millones de trabajadores se conviertan en partícipes de planes de empresa. Ahora solo el 9 por ciento cuenta con uno.
El Gobierno espera que, tras su aprobación, el reglamento pueda desplegar plenamente sus efectos en los próximos meses. Un plazo demasiado optimista, a juicio de Ángel Martínez-Aldama, presidente de Inverco, que calcula que todo el proceso puede prolongarse más de un año.
“Primero hay que establecer los pliegos de condiciones para que las gestoras presenten sus ofertas y el proceso de adjudicación tardará unos ocho o nueve meses, y después empresarios y sindicatos deben llegar a acuerdos en la negociación colectiva, lo que ralentizará el sistema".
Los planes de empleo tendrán comisiones máximas del 0,30 por ciento
El apartado del reglamento que más polémica ha suscitado ha sido el de las comisiones que podrán aplicar las entidades que se ocupen de la gestión de los planes incluidos en los fondos de pensiones de empleo de promoción pública. Establece una comisión de gestión máxima del 0,30 por ciento.
"Estas comisiones máximas se sitúan muy por debajo de las de países vecinos y creemos que el esfuerzo que deben hacer las entidades de gestión y distribución puede provocar que la mayoría decida no participar en el proceso de selección por no ver su esfuerzo recompensado”, señala Ana Benítez Lanza, socia de finReg360.
También Martínez-Aldama las considera “muy bajas si se tiene en cuenta las que se cobran en países de nuestro entorno”.
Pone como ejemplo el caso de Holanda en que alcanzan el 0,52 por ciento, a lo que hay que sumar el 0,10 por ciento en gastos de transacciones, y el de Reino Unido donde la comisión máxima es del 0,75 por ciento.
Ana Benítez cree que para que este nuevo sistema tenga éxito, "es importante que las entidades gestoras tengan incentivos para participar en el concurso y desempeñar un grado de involucración relevante tanto en la gestión como en la comercialización”.
Los expertos valoran que las gestoras puedan repercutir los costes de conexión
Un punto a favor del reglamento, a juicio de los expertos, es que establece que, de forma excepcional y vinculada a los gastos en los que incurran a la hora de conectarse a la Plataforma Digital Común, las entidades gestoras puedan repercutir estos costes durante un plazo máximo de cinco años.
Lo que Benítez valora “de forma positiva al requerir a las gestoras un nivel de inversión menor”. En la actualidad, gestionan un volumen de activos en planes de pensiones de empresas cercano a los 36.700 millones de euros.
La nueva normativa establece un régimen de máxima transparencia sobre los gastos directos e indirectos incurridos por las entidades gestora y depositaria expuestos en los informes trimestrales y semestrales.
Comisiones de seguimiento y de control especial
La norma regula técnicamente la Comisión Promotora y de Seguimiento, un órgano colectivo de carácter público.
Le da capacidad de supervisión para monitorizar y actuar en el caso de que se produzcan anomalías en la gestión de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública, estableciendo un procedimiento para velar por su adecuado funcionamiento
También establece el régimen de constitución y funcionamiento del otro órgano de vigilancia de los fondos y planes de pensiones de empleo, la Comisión de Control Especial, y estipula las condiciones de retribución de sus integrantes.
Tras la aprobación de la norma se procederá a seleccionar a los miembros de la Comisión Promotora y de Seguimiento, al diseño e implementación de la Plataforma Digital Común y a abrir el proceso de selección de entidades gestoras y depositarias.