El banco malo, una de las soluciones
Veremos el desarrollo de todo el modelo en los próximos meses y a golpe de talonario europeo
Ya tenemos titular, aunque lo primero que debería aclararse es que se trata de sólo una de las posibilidades previstas en la legislación aprobada como parte del proceso de restructuración y resolución bancaria prevista. Cuando en la primavera pasada, el Banco de España contrató a expertos independientes con el objeto de conocer el deterioro actual y posible del balance de las entidades financieras, cumplía un doble requisito: conocer su alcance y cumplir con el requisito europeo de tener una estimación más exacta de las necesidades de capital.
Por los informes, conocimos por primera vez la cifra estimada del rescate bancario, desde un mínimo de 60.000 millones a un máximo 100.000 millones para el peor de los escenarios, además de una clasificación inestimable de categorías de activos y pasivos en el balance de las entidades analizadas y sus posibilidades de deterioro anual hasta el año 2014. De esta forma, sólo quedaba por conocer cómo afrontar el problema, y para ello se hacía necesario el cumplimiento de la condicionalidad prevista en cuanto a que el dinero público aprobado para el rescate se utilizaría con la finalidad prevista con el objetivo último de que se recuperará hasta el último euro de lo invertido.
Si la finalidad estaba clara, quedaba por determinar el medio. Iniciar procesos de venta de estos activos, que llamaremos deteriorados, sin contar con el factor tiempo, puede resultar enormemente peligroso. No se puede promover un sell-off institucional, porque los porcentajes de recuperación de sus valores nominales en libros disminuyen con la misma rapidez que el volumen de la oferta, en un contexto como el actual en que escasea tanto la
confianza en la marca ESP como la liquidez. Ejemplos recientes de los efectos devastadores de los procesos de desapalancamiento sin control, los tenemos en las ventas de las participaciones industriales en compañías del Ibex, que motivaron la venta especulativa de sus acciones, y la posterior prohibición del legislador de esta realidad de mercado, tan rentable.
Para las empresas, el Estado y en general los consumidores de capital en sus diferentes versiones, las necesidades de liquidez a muy corto plazo es la variable más relevante para su supervivencia, por lo que solucionar este detalle con la venta precipitada y desordenada de parte de los balances de las entidades no parece aconsejable, porque el círculo vicioso nunca se cerraría. Mayores pérdidas bancarias, mayores necesidades de capital. La idea de aparcar los activos ON-SALE en un SPV, Special Purpose Vehicle, en su versión peninsular, parece acertada.
Como la idea ha sido entendida, no malvender por lo precipitado y a la vez enchufar liquidez a las entidades por el valor teórico de lo que el tiempo dirá qué vale realmente, se amplía con la nueva legislación el concepto original, para darle salida a las existencias. Pero como existe la posibilidad que el justiprecio no sea entendido por los que tienen capacidad de compra, a la vista del enorme catálogo de posibilidades de inversión con descuentos muy interesantes existentes en la actualidad, puede ocurrir que a determinado precio no haya compradores y para nuevos escenarios, nuevas posibilidades previstas: venta del negocio, banco puente, sociedad de gestión de activos o, en general y sobre todo apoyos financieros, incluidos la posibilidad de endeudarse del crupier hasta en 120.000 millones, si el precio de salida lo requiere por la falta de pujas.
Veremos el desarrollo de todo el modelo en los próximos meses y a golpe de talonario europeo. La hoja de ruta de los afectados e interesados en participar en el reparto y adjudicación pendiente de desarrollo reglamentario, con el conocimiento estimado del montante teórico de negocio, 1,4 billones de euros de exposición en en balance del sistema bancario, sin que la variable que determina el interés empresarial, el valor de venta, se conozca.