La fórmula para asegurar las pensiones
Los profesionales que han cotizado por las bases máximas son los más beneficiados por el convenio especial
Garantizar el cobro y la cuantía de la pensión de jubilación es uno de los principales objetivos de los profesionales y más en épocas de crisis como la actual.
Para conseguirlo, la Tesorería General de la Seguridad Social cuenta con un convenio especial que pueden suscribir voluntariamente los futuros pensionistas para generar, mantener o ampliar el derecho a prestaciones.
El acuerdo ofrece la posibilidad de cotizar a título individual a determinados colectivos que necesiten seguir haciéndolo para evitar lagunas de cotización en el cálculo de sus pensiones o para reforzar las bases de cotización y mejorar el cálculo de sus prestaciones.
Además de la jubilación, también cubren las prestaciones de invalidez permanente, muerte y supervivencia, derivadas de enfermedad común, accidente no laboral y servicios sociales.
Es decir, “tener suscrito un convenio especial puede dar derecho a una pensión de jubilación o de viudedad y a las prestaciones que pueden derivarse de una enfermedad común o accidente no laboral”, apuntan fuentes de la Seguridad Social.
¿Quién puede acogerse?
A esta fórmula pueden acogerse trabajadores que han causado baja en la Seguridad Social o los que han agotado la prestación o el subsidio por desempleo.
También está abierto a aquellos trabajadores pluriempleados que han visto reducido su salario y su base de cotización al cesar en alguna de sus actividades y a empleados que cesen en su actividad por cuenta propia o ajena y sean contratados con remuneraciones que den lugar a bases de cotización inferiores.
En general, podrán acceder él los trabajadores que acrediten un periodo mínimo de cotización de 1.080 días en los 12 años anteriores a su baja en la Seguridad Social.
Así, a cambio de pagar unas cuotas a la Seguridad Social, los futuros jubilados pueden mantener el importe de su pensión al cotizar durante unos años que entrarán dentro del periodo de cómputo del cálculo de sus pensiones.
¿Cuánto cuesta?
Su coste dependerá de la base de cotización elegida por el interesado, que puede ir desde la mínima, que está en los 1.050 euros al mes, hasta la máxima, que alcanza los 4.070,10 euros mensuales.
A la base elegida se le aplica el 28,3%, -es el tipo de cotización vigente en 2021- que es lo que va a cotizar el interesado, y un coeficiente del 0,94 al resultado del anterior cálculo.
Desde BBVA ponen un ejemplo. Para una base mínima de 1.050 euros, el coste para el suscriptor del convenio sería de 279 euros mensuales. En el caso de haber optado por la base máxima, la cuota mensual ascendería a 1.083 euros.
¿A quién interesa más?
Los mayores beneficiados con esta fórmula son los profesionales con amplias carreras de cotización que durante los últimos años de su vida laboral han cotizado por las bases máximas, cuyas pensiones se verían muy mermadas por los años no cotizados.
Para los trabajadores que hayan cotizado con bases de cotización más bajas, este impacto es menor, por lo que tendrían que estudiar el retorno de su inversión.
Es importante también analizar el tiempo que queda hasta la jubilación, pues en el caso de un profesional de 55 años, esta fórmula puede no ser adecuada por todo el tiempo que tiene que cotizar lo que elevaría la cuantía a pagar.
¿Cuándo deja de tener efecto?
El convenio especial se suspende en los periodos de actividad del trabajador y se extingue si el interesado entra en el mismo régimen de Seguridad Social en el que haya suscrito el convenio o si adquiere la condición de jubilado o pensionista por incapacidad permanente.
“Otras causas de extinción son la falta de abono de las cuotas durante tres meses o por decisión del interesado, comunicada por escrito a la Dirección Provincial de la Tesorería”, señalan fuentes de la Seguridad Social.
¿Dónde solicitar el convenio?
La solicitud del Convenio Especial se deberá presentar en la Tesorería General de la Seguridad Social o en la administración de la misma correspondiente al domicilio del solicitante. Es posible pedirlo también telemáticamente si se posee certificado digital.
El plazo para solicitar el Convenio Especial es de 1 año a partir del cese o de la situación que abre la posibilidad de suscribirlo.