Trabajar 2 meses más para jubilarse en 2022

La edad para jubilarse en 2022 será de 66 años y dos meses, pero habrá casos que podrán hacerlo con 65 años

Retrasar la jubilación es imprescindible para que el sistema público de pensiones sea sostenible y la reforma de las pensiones que entrará en vigor el año que viene va encaminada a lograr este objetivo.

El ministro de Seguridad Social José Luis Escrivá pretende acercar a la edad real de jubilación, que ahora ronda los 64,5 años, a la edad real que este año es 66. Además, la reforma de las pensiones aprobada por el Gobierno de Rajoy en 2013 establece un periodo transitorio para aumentar la edad de retiro dos meses cada año hasta llegar a los 67 años en 2027.

Así, los trabajadores que se jubilen en 2022 trabajarán dos meses más que los que se han retirado en 2021. La edad ordinaria de jubilación el año que viene será a los 66 años y dos meses.

No obstante, los que quieran jubilarse a los 65 años y cobrar el cien por cien de su pensión podrán hacerlo siempre que hayan cotizado 37 años y 6 meses o más.

Jubilación anticipada

Aquellos que opten por desoír las demandas de Escrivá y prefieran retirarse antes de tiempo sacrificando una parte de su pensión pueden acogerse a la jubilación anticipada voluntaria. Podrán hacerlo a partir de los 63 años o 64 años y 2 meses, dependiendo de los años de cotización que acrediten.

Si se trata de una jubilación anticipada involuntaria o forzosa se podrá realizar a partir de 61 o 62 años y dos meses, dependiendo del número de años que hayan cotizado.

Cambios en los coeficientes reductores

En estos casos hay que tener en cuenta que la reforma de las pensiones ha modificado los coeficientes reductores que se aplicarán a quienes se jubilen anticipadamente a partir de 2022, tanto para jubilación anticipada voluntaria como para la forzosa.

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Los coeficientes pasan a ser mensuales en lugar de trimestrales y se aplicarán sobre el importe de la pensión teórica -calculada en función del número de años que hayan cotizado y de las bases de cotización- y no sobre la base reguladora como ocurre ahora.

Esta nueva medida afectará más a aquellos que cotizan por bases superiores a la pensión máxima y que, por lo tanto, “la pensión teórica calculada antes de aplicar los coeficientes por jubilación anticipada fuera superior a la pensión máxima”, señalan fuentes del Instituto BBVA de Pensiones.

No obstante, en estos casos, los coeficientes se aplicarán de manera gradual en un plazo de 10 años, a contar desde 1 de enero de 2024.

Adelantar la jubilación 23 y 24 meses penaliza más

Los nuevos coeficientes de la jubilación anticipada voluntaria son mejores que los existentes hasta ahora en casi todos los casos, salvo en los de anticiparla 23 y 24 meses, el máximo posible, y en los de adelantarla únicamente tres meses o menos.

Incentivos por trabajar más tiempo

Para animar a los trabajadores a demorar su retiro, la nueva reforma de las pensiones establece a partir del próximo año incentivos dirigidos a aquellos que retrasen la jubilación más allá de la edad ordinaria.

Podrán elegir entre tres opciones. La primera es un 4 por ciento de pensión adicional por cada año completo de retraso cotizado respecto a la edad ordinaria.

Para Enrique Devesa, profesor de la Universidad de Valencia y miembro del Instituto de Investigación Económica (IVIE), esta medida “se mantiene en un nivel muy por debajo del actuarialmente justo -la cantidad resultante entre lo que aporta el trabajador y lo que recibe- y solo se aplica sobre años completos de demora en lugar de sobre meses”.

Para que fuese equitativa se deberían haber aplicado coeficientes aumentadores del 0,6 por ciento por mes de demora, es decir, de un 7,2 por ciento por año, apunta el experto.

Un único cheque

La segunda opción se basa en percibir un capital único por cada año de retraso, en función del importe de la pensión y la duración de la carrera de cotización. Esta cantidad oscilará entre un mínimo de 4.786,27 euros y un máximo de 12.060,12 euros, por cada año de retraso.

La tercera opción es una fórmula mixta que combina las dos propuestas anteriores

Estos tres incentivos mejoran los que hay ahora. Consisten en conceder al beneficiado un porcentaje adicional a la pensión por cada año completo cotizado entre la fecha en que cumplió la edad ordinaria de jubilación y la fecha de retiro.

El porcentaje adicional es del 2 por ciento por cada año completo cotizado, cuando el interesado acredite hasta 25 años cotizados al cumplir la edad ordinaria de jubilación.

Sube hasta el 2,75 por ciento cuando el trabajador acredita entre 25 y 37 años cotizados y llega hasta el 4 por ciento cuando ha cotizado más de 37 años.

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