El periodo de cotización para la jubilación a los 65 años sube tres meses: 2023 será más duro
Los profesionales que se jubilan ahora a los 65 años necesitan 3 meses más de cotización que los de 2021. El endurecimiento progresivo de la edad seguirá los próximos años
La reforma de las pensiones que entró en vigor en 2013 aprobó la ampliación de la edad de jubilación de manera progresiva ante la longevidad de la población y la necesidad de garantizar la sostenibilidad del sistema público.
A partir de 2027, los trabajadores que se jubilen este año lo harán con 67 años. Hasta esa fecha la edad de jubilación se irá elevando de manera progresiva hasta alcanzar el nuevo tope.
Paralelamente, el periodo de cotización se irá incrementando hasta los 38 años y 6 meses.
Para 2022, los trabajadores tienen dos opciones para jubilarse y recibir el 100 por cien de la pensión contributiva correspondiente.
Así, todavía será posible jubilarse con 65 años si se acredita un período de cotización de, al menos, 37 años y 6 meses.
Este periodo es tres meses superior al del trabajador de 65 años que se jubiló en 2021, según los datos registrados entre enero y junio.
En cambio, el trabajador que tenga menos de 37 años y seis meses cotizados deberá esperar hasta los 66 años y dos meses para jubilarse (dos meses más que el trabajador que se hubiera jubilado en 2021).
Requisitos para jubilarse en 2023 con el 100%
Los profesionales que cumplan 65 años en 2023 deben saber que solo podrán jubilarse a esa edad si tienen cotizados 37 años y nueve meses o más.
Con lo cual sigue el endurecimiento progresivo de la edad de jubilación.
Para los trabajadores que tengan menos de 37 años y 9 meses cotizados la edad oficial de jubilación escalará hasta los 66 años y cuatro meses.
Periodo mínimo de jubilación
Con todo, hay un periodo mínimo de cotización para poder acceder a la pensión de jubilación. Es de 15 años. Está vigente desde mayo de 2010, lo que en la práctica suponen 5.475 días cotizados.
El trabajador que tenga este periodo cotizado tendrá derecho al 50 por ciento de la base reguladora. No obstante, a esta base se irá añadiendo un porcentaje adicional por cada mes cotizado hasta llegar al cien por cien.
Además, al menos dos de ellos tienen que haber sido en los 15 años anteriores a la jubilación.
¿Quién se puede jubilar anticipadamente?
A pesar de la ampliación tanto de la edad de jubilación como de los años cotizados, hay una serie de supuestos que permiten la jubilación anticipada, sin que se tengan que cumplir estos requisitos.
Se puede optar a la jubilación anticipada cuando se cuentan con 33 años cotizados. Es posible si el trabajador sufre un despido inprocedente, procedente, expediente de regulación de empleo (ERE).
En estos casos, no se cobra la totalidad de la pensión, si no que se le aplica una reducción del 7,5 por ciento.
La edad real debe ser cuatro años como máximo inferior a la ordinaria, así que en 2022 serían los 61 años y 10 meses, que es la aplicable a quienes tienen menos de 37 cotizados.
También pueden optar a jubilarse de manera anticipada los trabajadores que tienen 35 años cotizados, aunque en estos casos la reducción de la pensión de jubilación es del 8 por ciento.
Para ello, la edad real debe ser dos años como máximo inferior a la ordinaria.
Del período de cotización, al menos dos años deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o al momento en que cesó la obligación de cotizar.
También se pueden jubilar de manera anticipada a partir de los 60 años los que tengan condición de mutualista. En el caso de que no sea así, la edad se amplía un año.
Lo mismo sucede con los trabajadores del estatuto minero, personal de vuelo de trabajos aéreos, ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos y miembros del cuerpo de policías autonómicos, así como los trabajadores afectados por una discapacidad igual o superior al 45 por ciento o al 65 por ciento.
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