¿Cómo dejar parte de sus bienes a su amante?

Los seguros de ahorro se han convertido en productos muy útiles para planificar una sucesión debido a que no forman parte de la herencia. Su ventaja consiste en que el tomador del seguro puede dejar como beneficiario a una persona a la que no le corresponda la legítima. Seguros como el unit linked o las rentas vitalicias son cada vez más utilizados para este fin.

Los seguros de ahorro se han convertido en productos muy útiles para planificar una sucesión debido a que no forman parte de la herencia. Su ventaja consiste en que el tomador del seguro puede dejar como beneficiario a una persona a la que no le corresponda la legítima. Seguros como el unit linked o las rentas vitalicias son cada vez más utilizados para este fin.

Los seguros de vida-ahorro no conforman la masa hereditaria y no están sujetos a la legítima porque nunca han formado parte del patrimonio del tomador, por todo ello son cada vez más utilizados por los ahorradores para planificar las herencias y dejar como beneficiarios a personas que no son los herederos legales del difunto.

«Los seguros de ahorro permiten al tomador la administración de su patrimonio en vida y ofrecen beneficios a tener muy en cuenta en la planificación de una herencia», asegura Esther García, abogada de www.iabogado.com.

También David Gassó, presidente de Economistas Asesores Financieros del Consejo General de Economistas, opina que «aportan ventajas evidentes» en la planificación sucesoria. «Permiten individualizar cantidades de dinero que no tienen que ser iguales para todos los beneficiarios y posibilitan la prelación entre varios beneficiarios que no tienen necesariamente que tener vínculos hereditarios».

Otro de sus atributos, a su juicio, es que no es necesario esperar a la aceptación de la herencia para recibir las prestaciones del seguro, basta con acreditar la condición de beneficiario y liquidar el Impuesto de Sucesiones para poder cobrarlas.

SEGUROS DE AHORRO VS. LEGÍTIMA

Pero el uso de estos seguros es, en ocasiones, objeto de colisión entre beneficiarios y herederos a causa de la legítima, principalmente cuando el tomador pretende favorecer a los primeros a costa de sus herederos legales.

«Estos seguros no tendrían que servir para perjudicar la legítima porque si los herederos intuyen que un seguro va en perjuicio de su herencia no dudarán en emprender una acción judicial», señala Luis Bravo, socio del despacho de abogados Cuatrecasas.

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Para Esther García, «el cobro del seguro, en principio, no perjudica la legítima dado que no forma parte de la masa hereditaria». Cuestión distinta es, en su opinión, que el fallecido se hubiese quedado sin patrimonio al abonar primas únicas con la intención de suscribir seguros en beneficio de terceras personas, de modo que estos pagos hubiesen perjudicado gravemente las legítimas. «En tal caso, corresponderá a los tribunales interpretar la verdadera intención del fallecido, entrando a valorar si esos desembolsos realizados en concepto de primas constituyen un fraude contra los derechos de los legitimarios. En caso de prosperar la acción judicial, estas primas serán consideradas en el cómputo de las legítimas».

En estos casos, «lo único que podrían reclamar los herederos a los beneficiarios del seguro, en base al artículo 88 de la Ley de Contrato de Seguro, sería el importe de las primas. Nada más», afirma tajante Sara García Carrascosa, abogada de Legálitas.

Luis Bravo advierte: «En ningún caso puede utilizarse un seguro de ahorro para burlar la legitima». Añade que si una persona descubre que el patrimonio de su padre o de su madre ha descendido drásticamente porque han pagado la prima de un seguro y han designado beneficiario a una tercera persona y con ello ha perjudicado su legítima puede denunciarlo porque «los derechos de los legitimarios no pueden verse soslayados».

Cuando se producen enfrentamientos entre herederos y beneficiarios en los juzgados, las sentencias suelen proteger la voluntad del fallecido y tratan de respetar la designación de beneficiarios que haya efectuado al suscribir el contrato de seguro. «Los juzgados suelen reconocer el derecho de los beneficiarios», apunta Sara García Carrascosa y recuerda una sentencia de la Audiencia Provincial de Tarragona, del 3 de febrero de 2003, que establece que «la prestación del asegurador deberá ser entregada al beneficiario en cumplimiento del contrato, aún contra las reclamaciones de los herederos y acreedores de cualquier clase del tomador del seguro».

Otro caso lo expone el periodista Rafael Rubio en su libro 'El ahorrador astuto', en el que recoge un hecho ocurrido en Almería donde un ciudadano dejó al morir un seguro de ahorro (unit linked) con cerca de dos millones de euros, cuya beneficiaria era su segunda esposa. Los hijos de su primer matrimonio interpusieron una demanda al considerar que debería incorporarse a su masa hereditaria por la estricta legítima. El Tribunal Superior de Justicia de Almería dio la razón a los hijos, pero el Tribunal Supremo dictaminó, a finales de 2015, que se trataba de un seguro cuya beneficiaria única debería ser su segunda esposa, tal y como él había decidido.

VENTAJAS FISCALES

Entre las ventajas de estos seguros destacan las relacionadas con la fiscalidad, ya que, según Esther García, se facilita la tributación de bienes a personas que no tienen la condición de legitimarios. Además, las primas recibidas tributan por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y si se designa una multitud de beneficiarios «puede llegarse a romper la progresividad del impuesto, de lo que se infiere una menor carga impositiva», señala la abogada.

Otra de sus ventajas fiscales recae en el tomador, ya que según David Gassó, la designación irrevocable de beneficiarios puede implicar ventajas fiscales en el patrimonio del tomador, que al haber aportado previamente la prima, «renuncia a su derecho económico de rescate y deja de computar en su base imponible del impuesto sobre el patrimonio».

Según los expertos, entre los seguros más adecuados para planificar una herencia destacan las rentas vitalicias y los unit linked, no obstante hay que tener en cuenta que según el propósito que se persiga con ellos, el riesgo que se pretenda asumir y el momento en que se contrate el seguro, resultarán más indicados unos u otros.

Las ventajas anteriores han contribuido a que las aseguradoras gestionaran en el primer semestre del año 173.038 millones en productos de seguro, un 4,75 por ciento interanual más. Cifra que los expertos prevén que aumente porque «estos seguros ofrecen al tomador total libertad para gestionar en vida su herencia».

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