Invertir en España será más caro en 2021
La tasa Tobin entrará en vigor en enero y con ella el Gobierno pretende recaudar 850 millones, una cantidad demasiado ambiciosa a juicio de los expertos
El año que viene se estrenará con la implantación de dos nuevos impuestos, el de Transacciones Financieras, más conocido como tasa Tobin, y el impuesto sobre Determinados Servicios Digitales o tasa Google, tras aprobar ayer el Senado sendos proyectos de ley y concluir su tramitación parlamentaria.
Con la entrada en vigor de estos dos nuevos tributos Pedro Sánchez pretende ingresar el próximo año en las arcas del Estado 1.818 millones de euros.
Según fuentes del Gobierno, ambas figuras fiscales “permitirán a España modernizar su sistema tributario para adaptarlo a la fiscalidad del siglo XXI siguiendo la orientación marcada por la Comisión Europea y la OCDE”.
Se trata de las dos primeras modificaciones fiscales contempladas en el plan fiscal del Gobierno de cara a los Presupuestos Generales del Estado de 2021.
Tasa Tobin
El impuesto sobre transacciones financieras grava con un 0,2% las operaciones de compraventa de acciones de empresas españolas que posean una capitalización bursátil superior a los 1.000 millones de euros.
El tributo no afecta a la compraventa de acciones de pymes y con él el Gobierno estima recaudar 850 millones de euros anuales.
Una cantidad «muy ambiciosa» a juicio de Benjamí Anglès, profesor de Derecho Financiero y Tributario de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), que cree que estas previsiones se reducirán a la mitad.
El gravamen ha sido rechazado desde el primer momento por el sector financiero porque «desincentivará la inversión extranjera en acciones de compañías españolas», asegura Eusebio Granda, vicepresidente de la Asociación de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget).
El sujeto pasivo de este impuesto es el intermediario financiero que transmita o ejecute la orden de adquisición y entre las adquisiciones que estarán exentas de dicho gravamen, destacan:
- Las operaciones del mercado primario.
- Las operaciones necesarias para el funcionamiento de infraestructuras del mercado.
- Las de reestructuración empresarial.
- Las que se realicen entre sociedades del mismo grupo.
- Y las cesiones de carácter temporal.
La liquidación del impuesto será mensual y los contribuyentes deberán presentar una declaración anual.
Tasa Google
Con el impuesto sobre Determinados Servicios Digitales el Gobierno pretende tributar operaciones propias de la economía digital que no están gravadas, lo que supone "un agravio comparativo para los negocios tradicionales”, señalan fuentes del Ejecutivo.
Se trata de un impuesto indirecto con el que el Gobierno estima recaudar 968 millones y que gravará servicios digitales en los que existe una contribución esencial de los usuarios en el proceso de creación de valor de la empresa que presta esos servicios, y a través de los cuales la empresa monetiza esas contribuciones de los usuarios.
Según Benjamí Anglès, se trata de una buena medida, ya que «ningún Estado debe renunciar a su soberanía para establecer tributos y menos ante empresas con colosales beneficios que eluden el pago de impuestos en los países donde residen sus usuarios finales por el hecho de operar por Internet».
Afecta a aquellas empresas cuyo importe neto de su cifra de negocios supere los 750 millones de euros a nivel mundial y cuyos ingresos derivados de los servicios digitales afectados por el impuesto superen los tres millones de euros en España.
Según el Ejecutivo, estos umbrales “ayudan a garantizar que solo se grave a las grandes empresas y que las pymes no estén afectadas por este tributo”.
El tipo de gravamen del impuesto es del 3% y se aplica a tres conceptos:
- La prestación de servicios de publicidad en línea.
- La prestación de servicios de intermediación en línea.
- Y la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario.
Quedan excluidas la venta de bienes o servicios entre los usuarios en el marco de un servicio de intermediación en línea y las ventas de bienes o servicios contratados en línea a través de la web del proveedor de esos bienes o servicios en la que el proveedor no actúa como intermediario.
A la hora de plantear este tributo el Gobierno ha tenido en cuenta “el fuerte crecimiento de los ingresos por la publicidad 'online', los servicios de intermediación prestados por plataformas digitales y el tráfico de datos en Internet”.