La tributación de los depósitos sube esta campaña de la renta 

Novedades en la tributación de los depósitos en la declaración de la renta. Los tipos de gravamen se han incrementado en los tramos más altos de la base liquidable del ahorro en el IRPF

Los depósitos han sido el producto estrella de 2023 (junto con las letras del Tesoro), al haber entregado rentabilidades muy interesantes sin demasiado riesgo. 

Si bien, ahora toca rendir cuentas con Hacienda respecto a los beneficios obtenidos a través de este tipo de productos conservadores.  

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En ese sentido, la campaña del IRPF relativa al ejercicio 2023 (la que comienza el próximo 3 de abril) trae una mala noticia para aquellos contribuyentes con mayor poder adquisitivo y es que suben los tipos de gravamen en los tramos más altos (para aquellos que obtuvieron rentas del ahorro superiores a los 200.000 euros). 

“Concretamente, entre los 200.000 y los 300.000 euros, el tipo sube del 26 al 27 por ciento y, a partir de 300.000 euros, desde el 26 al 28 por ciento”, explica Benja Anglés, profesor de la UOC. 

Sin cambios en los tramos más bajos del ahorro en el IRPF 

Eso sí, el resto de los contribuyentes puede respirar tranquilo, pues el gravamen se queda como está. 

En concreto, los primeros 6.000 euros tributan al 19 por ciento; entre 6.001 y 50.000 euros lo hacen al 21 por ciento y entre de 50.001 y 200.000 euros, al 23 por ciento. 

De hecho, los depósitos contratados en España ya aplican una retención del 19 por ciento sobre los intereses generados por lo que, si la ganancia obtenida a través de estos vehículos (y las inversiones en general) no superan los 6.000 euros, no hará falta que se pague nada más por este concepto en la declaración de la renta. 

En caso contrario, se aplicará el tipo que corresponda a los rendimientos obtenidos (según los tramos mencionados anteriormente).  

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La rentabilidad de los depósitos ya tiene una retención fija del 19 por ciento. Por tanto, si los dividendos que percibes son menos de 6.000 euros, no te va a suponer mayor historia. Cosa distinta es que hayas percibido más de 6.000 euros. Si has percibido 7.000 euros, por ejemplo, tendrás que pagar el 21 por ciento de esos 1.000 euros que superan el primer tramo de la escala”, apunta José Ramón Huertas, asesor fiscal de CE Consulting. 

Con todo y con eso, el contribuyente no suele tener que hacer cambios en el borrador del IRPF que le ofrece Hacienda, si los productos de ahorro e inversión contratados son nacionales. 

“La Agencia Tributaria tiene conocimiento de todos los depósitos españoles del contribuyente porque se lo notifican los bancos. Si son españoles, los datos suelen ser clavados, todos correctos. No se le escapa una a Hacienda”, apunta Huertas. 

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El caso de los depósitos extranjeros

Cosa distinta es que el ahorrador haya contratado depósitos extranjeros, a través de plataformas como Raisin. 

En ese caso, el contribuyente sí deberá consignar en la declaración del IRPF los rendimientos obtenidos con estos productos que, además, en ocasiones no aplican retenciones en sus países de origen. 

“A Hacienda estos datos le llegan, pero le llegan más tarde. Pero hay que declararlos. Aquí en el despacho tenemos gente que se lleva sorpresas porque no ha declarado depósitos o dividendos de fuente extranjera y, después, al cabo de los años le ha llegado la correspondiente (declaración) paralela, que implica pagar lo adeudado más los intereses y la sanción”, avisa Huertas. 

Finalmente, hay que tener en cuenta que, si el país de origen del depósito sí aplicó retenciones, es necesario incluirlas en la casilla 588 de la declaración de la renta para evitar la doble imposición. 

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