Hacienda, dispuesta a aplicar el tipo máximo del 52%

Si se alcanza un tipo máximo del 52% para las rentas altas supondría regresar al régimen fiscal que estableció el Gobierno de Mariano Rajoy nada más llegar al poder en diciembre de 2011. 

El Gobierno va desgranando a cuentagotas cómo será la subida de impuestos que quiere incluir en los Presupuestos del Estado para 2019 y que gravará el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de quienes más dinero declaren a través de esta figura. Después de matizar que el alza se aplicará solamente a partir de 140.000 euros, a quienes se considera que se encuadran dentro de las «rentas más altas», la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, definió este lunes cuál sería esa subida al apuntar que se situará «en un rango pequeño de puntos». Lo cifró, a modo de ejemplo, en «tres o cuatro» puntos porcentuales más.

Si la intención de Hacienda supera los trámites parlamentarios con la mayoría del Congreso, los contribuyentes con rentas más elevadas pagarán en el último tramo de su IRPF un 52%. Se trata de los ciudadanos de Andalucía, Aragón, Canarias, Cataluña, La Rioja y Comunidad Valenciana. En estas regiones, el tipo máximo que soportan ahora las rentas declaradas superiores a los 140.000 euros es del 48%, al sumar la parte estatal (un 22,5% para todos los contribuyentes independientemente de donde tengan fijado su domicilio fiscal) más la de cada comunidad. En estos seis casos, hasta ahora mantienen el tipo máximo posible, en algunos casos como lo vienen haciendo de forma recurrente, y en otros provocado por los cambios legislativos introducidos en sus cuentas regionales en los últimos años de crisis y posterior recuperación. Si en el resto de comunidades se opta por elevar sus tipos, también podrían alcanzar ese nivel máximo. También puede darse la circunstancia de que en las seis regiones con el gravamen más elevado opten por reducir su parte autonómica, dependiendo de sus futuros presupuestos.

La ministra no ha querido especificar cuál sería el gravamen adicional que soportaría este colectivo aunque sí indicó que se pueden «apurar los márgenes que están en ese rango» de entre el 51% y el 52%. Lo justifica, entre otras circunstancias, porque «no separa aún una diferencia con los países de la zona euro», donde la Renta es un impuesto con mayores tipos que en España, en determinadas economías europeas, sobre todo las nórdica.

Si se alcanza un tipo máximo del 52% para las rentas altas supondría regresar al régimen fiscal que estableció el Gobierno de Mariano Rajoy nada más llegar al poder en diciembre de 2011. Entonces, aprobó un incremento de los tipos más altos del IRPF para ingresos superiores a 300.000 euros, que pasó del 47% anterior a ese 52%. En algunas comunidades autónomas, como Cataluña, esa nueva imposición supuso que sus contribuyentes con rentas más elevadas pagaran hasta un 56% en la Renta, por la aplicación del gravamen autonómico facilitado por el sistema de financiación autonómica, que da flexibilidad a las regiones para imponer sus propios gravámenes.

En cualquier caso, la imposición definitiva depende inicialmente de las negociaciones entre el Gobierno y Unidos Podemos. Esas conversaciones aún se encuentran en los «ajustes», tal y como afirmó este lunes Montero, quien mantiene que la recaudación que se conseguiría sería «significativa». Aunque ambas partes llegaran a un pacto, aún tendrían que contar con el aval de otros grupos parlamentarios (al menos, PNV, ERC, PDCAT y Compromís) para sacar adelante esta iniciativa.

«Ingeniería fiscal legal»

Montero defiende la «realidad» expresada el domingo por el presidente, Pedro Sánchez, en televisión de que quienes más ganan no pagan IRPF. La ministra sostiene que los grandes patrimonios usan toda una «ingeniería fiscal» a través de figuras «perfectamente legales», pero no declaran en este impuesto, que se centra más en las rentas del trabajo que en las del capital.

Muchos de esos contribuyentes rinden cuentas al fisco a través de otros impuestos como el de Sociedades, al registrarse como empresarios, con unos tipos impositivos inferiores a los que se encuentran vigentes en la Renta. En otros casos, acuden a las denominadas Sicav, aunque cualquier ganancia patrimonial que materialicen a través de ese instrumento tributa en el IRPF a través del gravamen correspondiente.

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