Hacienda elevará la exención de los vales de comida en el IRPF a 11 euros
Hacienda ultima guiños fiscales a tickets restaurantes, a congresos médicos y a las empresas que se acojan al nuevo Sistema[…]
Hacienda ultima guiños fiscales a tickets restaurantes, a congresos médicos y a las empresas que se acojan al nuevo Sistema Inmediato de Información (SII) del IVA. Por lo pronto, el Ministerio elevará en 2018 la exención en el IRPF para los vales de comida de nueve a once euros. Así lo asegura un decreto que ultima el Ministerio de Hacienda para modificar el reglamento del IRPF correspondiente. «Se eleva la cuantía diaria exenta de las fórmulas indirectas de prestación del servicio de comedor, esto es, los vales-comida o documentos similares, tarjetas o cualquier otro medio electrónico de pago que se entregan al trabajador para atender dicha necesidad», señala el proyecto de decreto, en trámite de información pública para que los agentes afectados manden sus enmiendas hasta el 28 de julio. «Se eleva el importe diario exento de los 9 euros actuales a 11 euros diarios»
De esta forma, desde 2018 el trabajador no deberá tributar por esta retribución flexible de la empresa siempre y cuando no supere este umbral de los once euros diarios, lo que amplía las bonificaciones a este tipo de retribuciones flexibles, ya que en la actualidad el umbral está en nueve euros.
Hacienda también tramita que los médicos no tributen por los gastos costeados por laboratorios para la asistencia a congresos de formación. El proyecto de decreto recoge que «no constituyen retribución en especie» los «gastos de estudio para la capacitación o reciclaje del personal» pese a que sean «financiados por otras empresas o entidades distintas del empleador». El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ya anunció este cambio ante las quejas de Farmaindustria y de colegios de facultativos. La Agencia Tributaria creía que si los congresos no estaban organizados por los propios hospitales, estos cursos eran retribuciones en especie a los médicos, y estos debían tributar por ello.
El nuevo sistema de IVA más flexible
Hacienda también suavizará el nuevo sistema para declarar el IVA online, el SII. El Ministerio prepara otro decreto en el que admite flexibilizar la información que envían las empresas al Fisco por el nuevo sistema de IVA en tiempo real. El borrador de la norma permite que la Agencia Tributaria «pueda autorizar en determinados supuestos, previa solicitud de los interesados, que no consten todas las menciones o toda la información referida en los libros registros del Impuesto, o la realización de asientos resúmenes de facturas». Ello será así en sectores comerciales concretos, señalan fuentes tributarias. De hecho el decreto detalla que la suavización se dará «cuando quede justificado por las prácticas comerciales o administrativas del sector de actividad de que se trate».
Hacienda también permitirá que las empresas que liquiden el IVA de forma trimestral y quieran entrar en el SII voluntariamente lo hagan y sigan pagando cada tres meses. Todo un incentivo para que más compañías prueben al nuevo modelo del IVA, que en la actualidad solo es obligatorio para compañías que liquidan el impuesto cada mes, es decir, aquellas que tienen una facturación superior a seis millones-
El nuevo sistema de IVA, el SII, entró el pasado 1 de julio en vigor para 63.000 grandes empresas y ha generado una cascada de críticas por su complejidad y la adaptación necesaria al nuevo entorno. Con el nuevo modelo para llevar los libros de IVA de forma online, las grandes empresas deben informar de sus facturas al Fisco en un plazo de ocho días.
El reembolso online del IVA a los turistas será obligatorio en 2019
Los turistas que vengan a España y quieran beneficiarse del «tax free» en sus compras, podrán pedir de forma online el reembolso del IVA desde el 1 de enero de 2019. «La exención sólo se aplicará respecto de las entregas de bienes documentadas en una factura cuyo importe total, impuestos incluidos, sea superior a 90,15 euros», desgrana el decreto. Hasta ahora el Fisco aplicaba este sistema en 14 aeropuertos. «El viajero remitirá el documento electrónico de reembolso visado por la Aduana al proveedor, quien le devolverá la cuota repercutida en el plazo de los quince días siguientes mediante cheque, transferencia bancaria, abono en tarjeta de crédito u otro medio que permita acreditar el reembolso», describe el proyecto de norma.