Heredar de un desconocido es posible. Estos son los pasos a seguir
Informar sobre un patrimonio sin herederos da derecho al denunciante a recibir el 10 por ciento de la cuota que corresponde al Estado por esa herencia
En España es posible recibir parte de una herencia sin conocer al fallecido. Cuando una persona muere sin dejar testamento y no existen herederos, es decir, el finado no tiene hijos, padres, conyugue, hermanos, sobrinos, tíos ni primos su heredero es el Estado.
A él le corresponde repartir esos bienes siempre y cuando conozca su existencia, cosa que no ocurre en todos los casos. Se calcula que en España hay más de cien millones de euros procedentes de herencias que quedan sin adjudicar cada año.
El reparto de los bienes sin herederos debe realizarlo el Estado del siguiente modo: una tercera parte de la herencia se asigna a instituciones radicadas en el municipio del difunto dedicadas a beneficencia, actividades sociales o profesionales, ya sean públicas o privadas.
Otro tercio se destina a instituciones del mismo tipo pero de ámbito provincial y el último tercio se lo queda el Estado para cancelar la deuda pública del país, que ahora supera los 1,47 billones de euros y ya supone el 116,8 por ciento del PIB.
Es de este último tercio del que los ciudadanos mejor informados y más concienzudos pueden obtener una parte muy jugosa, ya que el Estado ingresa cada año cerca de 50 millones de euros procedentes de herencias sin herederos.
Un 10% para el denunciante
Los particulares que conozcan el fallecimiento de una persona que en vida no hubiera otorgado testamento y tampoco tenga herederos llamados por ley (abintestatos) podrán denunciar ese fallecimiento a la Administración para hacer valer sus derechos como herederos.
Tendrán derecho a percibir en concepto de premio el 10 por ciento de la parte que proporcionalmente corresponda al Estado por esa herencia, conforme a los requisitos establecidos en la normativa.
Según los expertos en sucesiones, esta es una forma de incentivar a los que conocen casos en los que fallece una persona sin herederos legítimos para que lo comuniquen a la Administración. Así “todos salen ganando”, señalan.
Pasos a seguir para reclamar una herencia yacente
Hacerse con una parte de esas herencias no es fácil. Requiere que el futuro heredero conozca todos o parte de los bienes que poseía el difunto y si tenía familiares hasta el cuarto grado (primos) que podrían heredarlos. En definitiva, tienen que documentar e informar sobre los bienes del finado.
En los casos en que el denunciante crea que no existen herederos e informe de ello a la Administración, si esta descubre que sí existen no le otorgará la recompensa.
El primer paso a seguir para informar sobre una herencia sin herederos es dirigirse por escrito a la Delegación de Hacienda de la provincia en que el causante ha tenido su último domicilio.
Al escrito deben acompañar todos los datos que se posean sobre ese fallecimiento: el certificado de defunción, el domicilio del fallecido en el momento de su muerte, que no existe testamento –mediante la presentación del certificado de últimas voluntades-, una lista con la relación de bienes y derechos de los que esa persona era titular en vida y un informe de las personas que, en su caso, estuvieran disfrutando o administrando esos bienes.
El trabajo de Hacienda
Tras ser informada, la Delegación de Hacienda debe buscar las pruebas de los derechos que pueda tener el Estado a la sucesión.
Entre tanto, debe conservar de forma adecuada esos bienes, inscribir los inmuebles en el registro de la propiedad y depositar el dinero, los títulos y las acciones en la Caja General de Depósitos.
En el transcurso de esa investigación, la Administración puede encontrar a familiares lejanos del difunto a los que corresponde la herencia y esto ocurre muy a menudo, ya que más del 95 por ciento de las herencias yacentes denunciadas al Estado por particulares no son premiadas.
Si el Estado confirma que se trata de una herencia libre de herederos, el informador recibe la recompensa, pero esta se hace esperar, en concreto, entre cinco y ocho años, “pero Hacienda siempre paga”, aseguran los expertos.
En busca de los herederos
Hay ocasiones en que entregar una herencia resulta complicado, aunque se trate de herederos legitimarios. Esto se produce cuando se desconoce el paradero de una de las personas que figuran en el testamento, ya que para aceptar y adjudicar una herencia se necesita contar con todos los coherederos.
Para localizar a estos ‘desaparecidos’ y darles la buena noticia de que han heredado existen despachos formados por profesiones de distintos perfiles: abogados, genealogistas sucesorios o detectives que rastrean el paradero del ausente hasta encontrarlo.
Esta tarea nos es fácil, se requieren muchos conocimientos, tanto en el ámbito jurídico como genealógico, ya que, de lo contrario, sería muy complicado saber dónde buscar y construir árboles genealógicos correctos de cara a una herencia.
Además, se necesita capacidad financiera para costear todos los gastos de investigación, tanto a nivel nacional como internacional, debido a que en muchos casos estos despachos no cobran hasta encontrar a los herederos y tramitarles la herencia.
Pagar por heredar
Los despachos que encuentran a herederos suelen cobrar entre un 10 y un 30 por ciento sobre el neto de la herencia. Mientras que la media que reciben los beneficiarios ronda los 350.000 euros.
Entre los clientes de estos ‘rastreadores’ de herederos también se encuentran abogados, notarios, administradores de fincas y gestores de comunidades de propietarios.
En estos dos últimos casos la necesidad surge cuando, debido a la muerte del propietario de una finca, de la que se desconocen sus herederos, esta puede acabar en situación de abandono, acumular deudas o ser ocupada por extraños.
Los vecinos, en estos casos, necesitan encontrar a los propietarios legales para solucionar el problema.
Cómo encontrar al ‘tío de América’
Aquellas personas que sospechan que podrían ser herederos de un familiar lejano del que no tienen noticias pueden contratar a estos profesionales para saber si ha fallecido y les corresponde una parte de su legado.
Buscan en cualquier país a través de registros públicos e, incluso, se encargan de elaborar un árbol genealógico según la normativa sucesoria para descubrirlos, identificarlos y localizarlos.
Muchas de estas compañías también cuentan con un departamento de investigación patrimonial para conocer todos los bienes que poseía el causante en la fecha de su fallecimiento, incluidos seguros de vida y otros bienes que hubieran sido de su propiedad y que por donación se puedan considerar colacionables –se restarán como ya recibidos de la parte de la herencia que corresponda al donatario-.
Se trata de hacer todo lo posible para que cada heredero recibo lo que le corresponde y, en caso de no existir beneficiarios legítimos, que ninguna herencia permanezca yacente, ya que según los expertos en sucesiones: “Sacar una herencia a la luz beneficia a todos”.
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