Estrategias para evitar el embargo de una herencia
Vender la herencia o aceptarla a beneficio de inventario son las principales fórmulas para evitar su embargo
Aceptar a la ligera una herencia puede acarrear muchos problemas a los herederos en el caso de que el difunto tuviera deudas.
Para evitar este riesgo, que puede llevar al embargo del legado, los expertos recomiendan descartar la aceptación de la herencia de forma pura y simple, que obliga a los herederos a asumir tanto los derechos como las obligaciones que la herencia conlleva, entre ellas, las deudas adquiridas por el fallecido con sus acreedores.
Si las deudas son muy elevadas, los beneficiarios pueden ver muy mermada su herencia, incluso embargada. Y en los casos más extremos deben afrontar las deudas con sus propios bienes y sin limitación.
"En la aceptación pura y simple el heredero será el responsable de todas las cargas de la herencia no solo con los bienes de esta, sino también con los suyos propios", señala Itziar Pernia, abogada especializada en herencias internacionales.
Mejor a beneficio de inventario
Para evitar estos riesgos, principalmente si el futuro heredero no conoce a fondo la situación económica del fallecido y tiene dudas sobre el contenido de la herencia, la mejor forma de aceptarla es a beneficio de inventario.
En este caso el heredero solo responde de las deudas con los bienes recibidos en el legado y no con los suyos. Esta figura, que, según los expertos, "es muy práctica", se utiliza poco por desconocimiento.
Además, tras la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, la aceptación de la herencia a beneficio de inventario solo se hace ante notario, por lo que ya no exige ir al procedimiento judicial asistido por un procurador.
Esta fórmula es la única que permite evitar heredar deudas y sufrir el embargo de la herencia, ya que desliga el patrimonio del heredero del patrimonio hereditario, permitiéndole responder a las deudas del fallecido con los bienes heredados y solo hasta la cantidad que reciba de la herencia.
Proceso de embargo
El procedimiento de embargo de una herencia parte de los acreedores del difunto amparados por una orden judicial que establece el embargo de bienes o cuentas bancarias pertenecientes al fallecido.
Pueden demandar directamente a los herederos y solicitar el embargo de los bienes y en caso de que no conozcan quienes son pueden averiguarlo a través del Registro de Actos de Última Voluntad, solicitando un certificado de últimas voluntades para saber si hay testamento y, posteriormente, solicitar una copia al notario.
Itziar Pernia recuerda que también "es posible demandar las herencias yacentes -pendientes de aceptación- o dirigir el procedimiento contra los ignorados herederos”.
En los casos en que la herencia se encuentre yacente, los acreedores pueden solicitar que no se haga la partición hasta que reciban el importe de sus créditos. También pueden aceptar la herencia en la parte que cubra sus créditos.
Vender la herencia
Aquellos herederos que no quieren asumir riesgos ni afrontar el largo procedimiento que puede desencadenar una herencia ‘envenenada’ pueden venderla.
Para ello, deben “encontrar un buen comprador que se haga cargo de las obligaciones como el pago de deudas y gastos”, señalan desde el Grupo Hereda.
Añaden que, de esta forma, “el heredero recibirá el dinero sin preocuparse por los impuestos de sucesiones y plusvalías ni por realizar trámites o llegar a acuerdos”.
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