IRPH: el abogado general de la UE a favor de anularlo cuando no sea transparente

El abogado europeo se ha pronunciado a favor del cliente 

Nuevo varapalo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a la banca española. El abogado del TJUE Maciej Szpunar considera que las hipotecas que se referenciaron al IRPH podrán ser controlada judicialmente. En su dictamente, que no es vinculante, se ha sumado a la opinión de la Comisión Europea y de los consumidores, y apuesta por anularlo cuando su comercialización no se haya realizado de manera transparente. 

Durante su intervención, consideró este martes que los jueces nacionales pueden controlar el carácter potencialmente abusivo del uso del índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH), que se utilizó en casi un millón de hipotecas españolas en sustitución del euríbor. Es decir, a partir de ahora, serán los tribunales españoles los que determinen cómo se solventará. 

Almudena Velázquez, abogada experta en Derecho Bancario de reclamador.es, señala que "El Abogado General de la UE mantiene la posición planteada en la vista oral celebrada el pasado mes de febrero y defiende la protección de los consumidores frente a las entidades bancarias. Se trata de una noticia muy positiva para los afectados por este índice de referencia en las hipotecas, pues es habitual que los magistrados que posteriormente dictan sentencia, sigan la línea de las conclusiones del Abogado General, especialmente si ese informe favorece la protección de los consumidores. No debemos olvidar que, según los datos de los que disponemos, la reclamación por IRPH asciende, de media, a 20.000 euros."

"Pese a que se trata de un paso previo a la sentencia y serán los 15 jueces del TJUE quienes tengan la última palabra, en reclamador.es recibimos este informe como un gran paso en la defensa de los derechos de los afectados por IRPH" continúa Almudena Velázquez. En cuanto a los plazos para conocerse ese definitivo dictamen, la abogada de la compañía online de servicios legales explica que "se espera la sentencia para el último mes de este año o bien para los primeros meses de 2020. Mientras, el principal consejo es tener paciencia y no firmar ningún acuerdo al que ahora quiera llegar el banco por temor a ese posible pronunciamiento en contra de sus intereses por parte del TJUE, pues la experiencia en situaciones anteriores similares nos dice que, en ese acuerdo, la entidad bancaria únicamente aceptará cambiar la hipoteca referenciada al IRPH al Euríbor o un tipo fijo, sin devolver todas las cantidad pagadas de más por los afectados y, además, suelen incluir cláusulas que impiden al consumidor reclamar su dinero posteriormente", finaliza Almudena Velázquez, abogada de reclamador.es. 

Hasta 44.000 millones de euros en juego

Según un informe de Godman Sachs, podría acarrear al sector un coste de entre 7.000 y 44.000 millones. Pero no todos los grupos están implicados por igual. A excepción de Bankinter, al que no afectaría la factura, ya que sus provisiones por litigios están destinadas a las hipotecas multidivisas, los otros seis tendrían que asumir un coste antes de impuestos de entre 4.600 y 29.249 millones, dando por hecho que todos los afectados -en torno a medio millón- reclamarían su dinero.En términos absolutos, CaixaBank sería la más expuesta a la posible anulación del IRPH, lo que le costaría entre 1.775 y 11.250 millones.Por su parte, Santander y BBVA tendrían que devolver ambos entre 1.014 y 6.428 millones; Bankia, entre 406 y 2.571 millones; Sabadell, entre 355 y 2.250 millones, y Unicaja, entre 51 y 321 millones, en virtud de las estimaciones de Goldman Sachs.

El problema del IRPH radica en que a diferencia del euríbor, que ha ido bajando y se ha situado en tasa negativa, con el consiguiente abaratamiento de las cuotas hipotecarias, el IRPH ha permanecido prácticamente inalterado. En concreto, el euríbor de agosto cerró en el -0,35%, lo que ha desembocado en hipotecas que abonan un 0% de interés.

Para evitar esto, las entidades financieras han cambiado el IRPH por ofertas que incluye tipos fijos, sin embargo, desde Reclama por mí recuerdan que la juridisprudencia es clara: "La acción declarativa de nulidad de una cláusula abusiva es imprescriptible según el Tribunal Supremo. La doctrina es clara en este punto." "La mayoría de las audiencias y sentencias al declarar la nulidad de las cláusulas entienden que se debe conceder la restitución de las cantidades. Esto es lo que se puede deducir de la jurisprudencia ante otras cláusulas abusivas del pasado".

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Para entender lo que está en juego para los afectados, proponen un ejemplo en que el TJUE falle a favor al presentar una reclamación por IRPH: "Por una hipoteca de 180.000 euros, firmada en el año 2000 a 30 años, afectada por IRPH Entidades con un diferencial de 0,5%, el afectado podría recuperar si se declara nulo el IRPH alrededor de 140.000 euros y si se sustituye por Euribor 37.000 euros. Además, los intereses a pagar para toda la vida de la hipoteca del futuro serían o bien el diferencial, porque los intereses por el IRPH quedan sin efecto, o bien, en el supuesto que se moderara o si las escrituras contemplaran un sustitutivo como el Euribor, el diferencial aplicado más Euribor."

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