La declaración de la renta de depósitos, letras, dividendos y fondos en la campaña 2024-2025
La rentabilidad obtenida gracias a los productos de ahorro e inversión tributa en la base liquidable del ahorro, con tipos que van del 19% al 28% tras la subida del ejercicio pasado. El año que viene volverán a subir
Los productos de ahorro e inversión como los depósitos, las letras del Tesoro, los dividendos y los fondos de inversión fueron capaces de entregar interesantes rentabilidades en 2024, un año que fue excelente para los inversores y ahorradores, tanto conservadores como agresivos.
Pero, ahora, toca rendir cuentas con Hacienda para asegurarnos de que las retenciones del 19% que se aplican a la mayoría de ellos se ajustan al tipo que nos corresponde dentro de la declaración de la Renta.
En concreto, la rentabilidad obtenida gracias a los productos de ahorro e inversión tributa en la base liquidable del ahorro, con tipos que van del 19% al 28% tras la subida del año pasado (y antes de que entre en vigor el incremento aplicable a los rendimientos obtenidos en 2025, en la declaración del año que viene).
Escalas del gravamen del ahorro en el IRPF
Específicamente, los primeros 6.000 euros de rendimientos tributan al 19%; entre 6.001 y 50.000 euros lo hacen al 21%; y entre de 50.001 y 200.000 euros, al 23%.
Más allá de eso, entre los 200.000 y los 300.000 euros, el tipo subió el año pasado del 26% al 27%; y desde el 26% al 28% a partir de 300.000 euros (el año que viene se incrementará aún más, al 30%).
En realidad, muchos pequeños inversores no tendrán que pagar nada más si sus ganancias con estos productos (en su conjunto) no superan los 6.000 euros.
Pensemos que hace falta invertir 200.000 euros para obtener intereses de 6.000 euros con un depósito al 3% TAE.
“Cosa distinta es que hayas percibido más de 6.000 euros. Si has percibido 7.000 euros, por ejemplo, tendrás que pagar el 21 por ciento de esos 1.000 euros que superan el primer tramo de la escala”, apunta José Ramón Huertas, asesor fiscal de CE Consulting.
Además, hay que tener en cuenta que Hacienda recibe los datos de las entidades, por lo que todos estos datos suelen estar perfectamente consignados en el borrador elaborado por la Administración.
Aunque hay que tener en cuenta que esto no ocurre así en el caso de dividendos o depósitos extranjeros, contratados a través de plataformas como Raisin.
En ese caso, el contribuyente sí deberá consignar en la declaración del IRPF los rendimientos obtenidos con estos activos que, además, en ocasiones no aplican retenciones en sus países de origen.
En el supuesto de que estas retenciones sí se aplicasen, es necesario incluirlas en la casilla 588 de la declaración de la renta para evitar la doble imposición.
Cuidado con las letras del Tesoro, que no tienen retenciones
Dentro de los productos de ahorro e inversión, las letras del Tesoro son una excepción pues están exentas de retención, de manera que la tributación por este activo se realiza en su totalidad a través de la declaración de la renta.
Aunque, igualmente, Hacienda suele contar con esta información y lo normal es que la incluya correctamente en los datos fiscales.
Por último, en el caso de los fondos de inversión, hay que recordar asimismo que cuentan con otra excepción fiscal y es que sus rendimientos posponen la tributación en el caso de ser reinvertidos en otro fondo de inversión.
Eso sí, en caso de no traspasar el dinero, sí hay que rendir cuentas en la declaración de la renta por los beneficios (o minusvalías) obtenidos con ellos.
Para determinar esas ganancias o pérdidas, hay que calcular la diferencia entre el valor de adquisición de la participación en el primer fondo y compararla con la venta de la participación en el último, incluyendo todos los gastos generados durante la compra y la venta (como la comisión por suscripción y reembolso, si la hubiera).
Aunque parece complicado, lo normal es que sea la entidad gestora la que se ocupe de informar si el reembolso ha generado plusvalías o no, y a cuánto ascienden.
Asimismo, es preciso saber que los fondos de inversión sí cuentan con una retención del 19 por ciento, a diferencia de lo que sucede con las acciones, por lo que no habrá que pagar nada más en caso de que los rendimientos obtenidos a través de los diferentes instrumentos de ahorro sean inferiores a los 6.000 euros, en el conjunto del ejercicio.
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