¿Tienes depósitos en el extranjero? Te toca el modelo 720 de Hacienda
Los depósitos extranjeros han sido una fuente de ingresos para los ahorradores españoles en los últimos meses. Ahora toca informar sobre ellos a la Agencia Tributaria
Los depósitos de entidades extranjeras han sido una fuente de alegrías para los ahorradores españoles en los últimos meses, al ofrecer un extra de rentabilidad frente a las entidades españolas.
Actualmente, los depósitos extranjeros siguen liderando el ranking por rentabilidad, al ofrecer retornos que rozan el 4 por ciento, por encima de las imposiciones a plazo fijo de las entidades españolas.
Pero, por mucho que plataformas de intermediación como Raisin hayan facilitado enormemente el acceso a este tipo de productos de bancos de la zona euro, contratar estos depósitos todavía implica algunas incomodidades extra, como la obligación de presentar el Modelo 720 en ciertos casos.
Prevenir el blanqueo de capitales
Básicamente, el Modelo 720 es una declaración informativa sobre los bienes y derechos que el declarante posea en el extranjero, y cuyo objetivo es prevenir el fraude y el blanqueo de capitales.
Se trata de un documento que se cumplimenta de manera online en la página web de la Agencia Tributaria y cuyo plazo de presentación finaliza el 1 de abril (comenzó el uno de enero).
Para poder hacerlo, es necesario tener el DNI electrónico o la Cl@ve PIN.
Declaraciones correspondientes a 2023
Actualmente, se están tramitando las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2023.
Aunque no todos los ahorradores con un depósito en Raisin están obligados a formalizarlo.
En concreto, es obligatorio hacerlo cuando el valor de alguno de los tres bloques que incluye el Modelo 720 supere los 50.000 euros o su valor se incremente en más de 20.000 euros de un ejercicio a otro.
Más de 50.000 euros en depósitos
Según la web de la Agencia Tributaria, el primer bloque es el referido a las cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero. Aquí entrarían también los depósitos.
En segundo lugar, estaría el bloque de “los valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero”.
Finalmente, el tercer bloque lo constituirían los “bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero”.
¿Quién no está obligado a presentar el Modelo 720?
Es decir, si el ahorrador no tiene más de 50.000 euros en ninguno de los bloques, no estaría obligado a presentar esta declaración.
“Por ejemplo, imagina que tienes en Francia una vivienda cuyo valor es de 100.000 euros y en Italia una cuenta de ahorro con 45.000 euros. En este caso, solo tendrás que informar sobre el inmueble. Ahora bien, cuando la cuenta de ahorro tenga más de 50.000 euros, también deberás indicar ese capital en el bloque correspondiente del modelo tributario 720”, explican desde Raisin.
Desde la plataforma, también recuerdan que los ahorradores que presentasen el modelo 720 a la Agencia Tributaria el año pasado no tienen que volver a rellenarlo este año, salvo que alguno de los grupos haya aumentado su valor en más de 20.000 euros.
“Siguiendo con el ejemplo anterior, si el valor del inmueble se incrementa y pasa de 100.000 a 121.000 euros, deberás hacer una nueva declaración un año después de la revalorización”, apuntan.
Asimismo, otra salvedad son las criptomonedas, que es necesario declarar pero no a través de esta declaración sino mediante el modelo 721, creado recientemente para ese fin.
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