Las gestoras deberán adaptar la información sobre la vocación de los fondos a la nueva tipología
Las gestoras deberán adaptar desde este martes, 9 de abril, la información sobre la vocación de los fondos a la[…]
Las gestoras deberán adaptar desde este martes, 9 de abril, la información sobre la vocación de los fondos a la nueva tipología, según establece una circular de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que recoge nuevas definiciones de los fondos monetarios adaptadas a las nuevas normas comunes de la UE en la materia.
En concreto, la nueva circular, publicada en el Boletín Oficial del estado (BOE), tiene por objeto principal adaptar la normativa a las previsiones europeas en materia de fondos monetarios, recogida en el reglamento comunitario 2017/1131, que establece normas uniformes para evitar la disparidad en los niveles de protección de los inversores y para prevenir y mitigar cualquier riesgo potencial de contagio derivado de posibles retiradas bruscas y masivas de fondos.
Dicho reglamento es de aplicación directa en todos los Estados miembros y regula en detalle las características y requisitos de los distintos tipos de fondos monetarios.
Entre las novedades de la circular destacan la sustitución de las actuales denominaciones de monetario a corto plazo y monetario por las previstas en el reglamento: Fondos del mercado monetario (FMM) a corto plazo de valor liquidativo constante de deuda pública; FMM a corto plazo de valor liquidativo de baja volatilidad; FMM a corto plazo de valor liquidativo variable y FMM estándar de valor liquidativo variable.
Asimismo, teniendo en cuenta el elevado número, patrimonio y heterogeneidad según la duración de su cartera de los fondos encuadrados en la categoría 'Renta fija euro' se crea una nueva categoría de IIC desglosando dicha categoría en dos: Renta fija euro a corto plazo y Renta fija euro.
Por otro lado, se desglosa la categoría de 'IIC de gestión pasiva' en dos: IIC que replican un índice (que sustituye la categoría 'IIC de gestión pasiva') e IIC con objetivo concreto de rentabilidad no garantizado.