Derechos Humanos, de la voluntariedad al cumplimiento
Europa busca adoptar requisitos vinculantes para que las empresas cuenten con procesos de diligencia debida sobre derechos humanos, medio ambiente y gobernanza en su cadena de valor
El pasado 16 de junio se cumplieron diez años de la aprobación de los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos.
Estos se han consolidado como el marco de referencia a nivel internacional cerrando el debate abierto, entre Estados y empresas, sobre su responsabilidad y obligaciones en este ámbito.
Este marco se basa en los pilares de “Proteger, Respetar y Remediar” que articulan el compromiso esperado de los dos actores implicados: el deber del Estado de proteger contra las violaciones de los derechos humanos; la responsabilidad empresarial de respetarlos, actuando con la diligencia debida y abordando los impactos adversos derivados de su actividad; y, por último, que involucra a ambos, proporcionar a las víctimas acceso a mecanismos de reparación eficaces.
La comunidad internacional respaldó de forma unánime los Principios en 2011, ¿en qué se ha traducido este apoyo?
Los derechos humanos ya tienen un espacio propio dentro de la empresa
Sin duda, uno de los logros indiscutibles es que se ha elevado el nivel de conversación dentro de las empresas. El hecho de que éstas deban respetar los derechos humanos en toda su esfera de influencia, incluso cuando los Estados no estén a la altura de sus propias obligaciones, junto con la necesidad de proporcionar un acceso a una reparación efectiva para las víctimas de los daños asociados a su actividad, han hecho que los derechos humanos tengan espacio propio en la gestión de las empresas.
Se ha cambiado el enfoque, de la filantropía inicial a un proceso de diligencia debida, es decir de identificación, mitigación, gestión y respuesta al riesgo, bien sea real o potencial.
En lo que se refiere a los Estados, el tema se ha posicionado en la agenda pública. Así, 29 países, en su mayoría europeos, cuentan con Planes Nacionales de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos.
Este protagonismo es debido a la “Estrategia 2011-2014 sobre responsabilidad social de las empresas” donde la Comisión Europea instó a los estados miembro a elaborar sus respectivos planes locales y propuso avanzar de la voluntariedad a medidas mixtas, autorregulación y co-regulación.
Son logros importantes, pero a todas luces insuficientes. Si el objetivo es mover la aguja, se debe pasar de la cosmética a una debida diligencia.
El último informe de Derechos Humanos en Corporaciones, muestra cómo las grandes empresas definen y publican su compromiso con los derechos humanos, sin embargo, en la práctica se evidencia la desconexión entre compromiso, procesos y resultados.
Sin duda, el carácter voluntario de los Principios ha hecho que su cumplimiento no haya alcanzado los niveles esperados en esta primera década: únicamente un 37% de empresas encuestadas recientemente por la Comisión Europea declaraban llevar a cabo procedimientos de diligencia debida en materia de medio ambiente y derechos humanos.
Solo un 37% de las empresas lleva a cabo procedimientos de diligencia debida en medio ambiente y derechos humanos
Es por ello, que la Unión Europea, en su ambición de hacer de la sostenibilidad un factor competitivo, busca adoptar con urgencia requisitos vinculantes para que las empresas cuenten con procesos de diligencia debida sobre los derechos humanos, el medio ambiente y la buena gobernanza en su cadena de valor.
En 2020, anunció su intención de lanzar una Directiva al respecto y, en marzo 2021, el Parlamento Europeo aprobó una resolución con las claves para su desarrollo, con el objetivo de contar con una propuesta a fin de año.
Otra norma dentro de la explosión europea
Esta Directiva se suma al tsunami regulatorio en el que está inmersa la Unión Europea, especialmente orientado a actualizar la legislación vigente en materia de energía y clima, y al desarrollo de instrumentos que permitan alcanzar los objetivos climáticos establecidos a 2030 y la neutralidad climática en 2050.
Tal vez por ello, estas propuestas en materia de derechos humanos están despertando menor atención en medios y organizaciones.
Sin embargo, no conviene perder de vista la magnitud del cambio que se está planteando y su impacto en la gestión y en los estados financieros de las empresas.
La resolución da respuesta a demandas que no fueron recogidas en la Estrategia 2011-2014 como son la responsabilidad de las empresas matrices por los daños producidos por sus filiales y un mejor acceso a la reparación para las víctimas de todo el mundo por acciones de empresas europeas, o que actúen en los países miembros, que se hayan producido fuera de la Unión Europea.
La directiva aplicaría a todas las grandes empresas y pymes que coticen en bolsa o con un riesgo alto
La directiva aplicaría a todas las grandes empresas y pymes que coticen en bolsa o con un riesgo alto, abarcando toda su cadena de valor, incluyendo proveedores, subcontratistas y empresas participadas.
La relación con los proveedores es un tema crucial, algunos estados miembro, como Francia, Alemania y los Países Bajos, cuentan ya con una legislación propia en materia de diligencia debida y cadenas de suministro.
La complejidad que entraña esta Directiva para los procesos de gestión de las organizaciones, así como los diferentes marcos legales que están surgiendo y su impacto en resultados, hace necesario que las empresas, públicas y privadas, con independencia de su tamaño o sector, se deban replantear, desde ya, la gestión en materia de Derechos Humanos.
Queda un largo camino por recorrer. Una reciente encuesta del Pacto Mundial muestra que únicamente un 8%, de las 1.900 empresas españolas participantes, afirmaba evaluar los impactos en derechos humanos dentro de su cadena de suministro.
Es por ello, que la actuación sectorial debe jugar un papel clave para atender la creciente y dinámica exigencia regulatoria. La naturaleza de los riesgos a gestionar y derechos a respetar es compartida por las empresas de un mismo sector. Además, es frecuente tener proveedores en común.
La realización de planes de diligencia debida, la involucración de los grupos de interés y el acceso a mecanismos de reparación pueden ser la base sobre la que articular una respuesta sectorial efectiva, con responsabilidad individual, que logre al mismo tiempo un retorno positivo, tanto financiero como reputacional, de empresas y sectores.