La EBA publica una guía con su hoja de ruta para la supervisión de los riesgos ESG
Avanza que los supervisores deben, progresivamente, incorporar estos riesgos en el ratio de capital
La Autoridad Bancaria Europea (EBA en sus siglas en inglés) requiere a los bancos y a los supervisores del sector a que utilicen un marco temporal a largo plazo para medir sus riesgos ligados a la sostenibilidad medioambiental, social y de buen gobierno (ESG) dentro de su guía sobre supervisión y gestión de riesgos ESG.
Un horizonte a diez años vista o más que debe servir como base para medir y establecer una estrategia de resiliencia de las entidades ante diversos escenarios de riesgo.
De esta forma, sus supervisores también deben medir, con esa perspectiva a diez años, la resiliencia de los bancos a los diferentes escenarios de riesgos medioambientales y de reducción de emisiones de carbono.
Esta exigencia forma parte del informe publicado este miércoles por la EBA, que está coordinando los estándares ESG sobre los que trabajen las entidades, y que, de entrada, ya define una serie de riesgos y de metodologías básicas para el desarrollo de las estrategias de riesgo ESG.
En concreto la EBA describe el impacto que tienen los factores de sostenibilidad social y ambiental, especialmente el cambio climático. Se centra así en la resistencia de las instituciones, en diferentes horizontes temporales, no sólo a corto plazo.
Esto requiere, apunta, evaluaciones cuidadosas por parte de los supervisores, que deben tener una visión integral y prospectiva, así como actuar de forma proactiva.
Ámbitos que se deben evaluar
Entre las variables a tener en cuenta, menciona que los bancos deben incorporar los riesgos ESG en su modelo de buen gobierno corporativo y establecer procedimientos claros y un esquema de responsabilidades para las diferentes líneas de negocio, la operativa de control interno, así como para los diferentes comités y equipos directivos.
Además, las entidades deben identificar las posibles brechas que se abran a los riesgos ESG en cuestión de gestión de datos y de metodologías de medición ESG. Y, en ese sentido, desarrollar políticas para evaluar la robustez financiera de las compañías.
Los bancos también deben, según la EBA, prestar atención a los posibles riesgos legales a los que pueden tener que enfrentarse por no medir de forma adecuada los perfiles ESG de los productos que comercializan. Una falta de previsión que puede derivar en demandas ante los tribunales.
Por su parte, los reguladores deben incorporar de forma gradual los riesgos ESG como catalizadores de riesgos financieros, en particular, en lo relacionado con el capital y la liquidez de los bancos.
Así, de forma progresiva, deben incorporarlas en las evaluaciones sobre las ratios de capital de las entidades.
En consecuencia, la EBA insta a que, para mejorar el modelo de supervisión, se evalúa la resilencia de los modelos de negocio de las entidades en un horizonte de, al menos, 10 años para medir los riesgos de una forma más amplia.
Estas recomendaciones van en paralelo a la nueva taxonomía de actividades consideradas sostenibles por parte de la Unión Europea, así como del reglamento de divulgación de finanzas sostenibles (SFDR).
Además, la EBA adelanta que, a finales de este año, publicará los requisitos de divulgación sobre riesgos ESG.