Los otros activos con ventajas fiscales
Existe una ‘paga extra’ que desde la reforma fiscal de 2015, ayuda a aligerar la factura a liquidar en cada declaración de la renta
Además de los productos financieros tradicionales como los fondos de inversión y los planes de pensiones, los seguros de ahorro, entre los que se encuentran los unit linked (en los que el tomador asume el riesgo de la inversión), los PIAS (planes individuales de ahorro sistemático) o los PPA (planes de previsión asegurados), son vehículos de inversión que reportan importantes ventajas fiscales a quienes los eligen como parte de su colchón económico y quieren evitarse un buen pellizco en su declaración de la renta.
La característica común a todos ellos es que pueden rescatarse como renta vitalicia, es decir, desde el momento del rescate -que suele coincidir con la jubilación- hasta el fallecimiento, con carácter periódico, los beneficiarios perciben una cantidad económica que actúa como jugoso complemento a la pensión.
Una ‘paga extra’ que, además, desde la reforma fiscal de 2015, ayuda a aligerar la factura fiscal. Según los datos de Unespa, la asociación empresarial que agrupa las entidades aseguradoras de España y representa al 96 por ciento del mercado español de seguros, el incremento del negocio de ahorro del seguro fue del 0,68 por ciento a cierre de 2021, hasta los 188.770 millones de euros.
Ahora bien, de los productos financieros mencionados, si hay uno que está ganando cada vez más adeptos entre los inversores son los seguros unit linked, o lo que es lo mismo, aquellos asociados a un fondo de inversión en los que el tomador asume el riesgo.
Su patrimonio alcanzó los 19.764 millones de euros el pasado ejercicio.
Aunque por norma general se rescatan en forma de renta vitalicia, los seguros unit linked pueden hacerse líquidos en cualquier momento, lo que supone una ventaja para muchos inversores. No obstante, entre los aspectos que más valoran expertos e inversores es su fiscalidad, diferida hasta el momento del rescate. «La ventaja fiscal más importante deriva de la ausencia de repercusiones fiscales hasta que no se produzca el rescate total o parcial del seguro», explican desde Inversis.
En cuanto a las ganancias o pérdidas que puedan generarse tributan en la base imponible del ahorro como rendimiento de capital mobiliario y se les aplicará un tipo que oscila entre el 19 y el 23 por ciento.
Tras los seguros unit linked, los PIAS movieron 14.629 millones de euros, un 1,36 por ciento más que el ejercicio inmediatamente anterior. A este respecto, aunque las aportaciones a este tipo de productos no desgravan en la Renta ni permiten reducir la base imponible, esta alternativa a los tradicionales planes de pensiones que nacieron en 2007 y se articulan en torno a un seguro de vida, cuentan con una importante ventaja fiscal.
En el caso de que se rescate como renta vitalicia y siempre y cuando hayan transcurrido más de cinco años desde el inicio de la inversión, al dinero recuperado se le aplicará un porcentaje de exención en la tributación del IRPF que oscilará entre el 60 por ciento para los menores de 40 años hasta el 92 por ciento para los mayores de 70.
En caso de que el dinero se cobre en forma de capital (de una sola vez), se aplicará la misma tributación que a los depósitos. Otro de los aspectos más valorados por los expertos es la posibilidad de traspaso sin penalización alguna.
PPA: Aportaciones deducibles
Pese a que la crisis sanitaria ha hecho mella en algunos epígrafes del negocio de vida, los PPA o planes de previsión asegurados -cuyo patrimonio cayó un -5,80 por ciento- son otros de los seguros de ahorro que pueden resultar ventajosos para minorar la factura fiscal.
Tal y como apuntan desde Mapfre, «la fiscalidad de los PPA es una de las principales motivaciones que tienen los usuarios hoy en día para contratar este tipo de productos».
A diferencia de los PIAS, las aportaciones sí pueden reducirse en la base imponible del IRPF con el menor de los dos siguientes límites: 8.000 euros anuales (cantidad máxima establecido para las aportaciones) o el 30 por ciento de los rendimientos netos de trabajo y/o actividades económicas percibidos de forma individual.
Asimismo, hay que tener en cuenta que los límites «hacen referencia al conjunto de aportaciones que se realicen en todos los productos financieros que el contribuyente tenga contratados».
En cuanto al momento del rescate, bien sea en forma de capital, como renta vitalicia o en la modalidad mixta, los rendimientos obtenidos tributarán como rendimientos de trabajo en el IRPF. Asimismo, en cualquier momento se puede cambiar de un PIAS a otro sin coste alguno.
SIALP y CIALP: los hermanos menores
El SIALP (seguro individual de ahorro a largo plazo) y el CIALP (plan de ahorro a largo plazo), son productos financieros jóvenes. No fue hasta la reforma fiscal de 2014 cuando vieron la luz.Más conocidos como Plan de Ahorro 5, los SIALP cuentan con una fiscalidad que desde OCU Inversiones califican de «peculiar».
La rentabilidad obtenida con este tipo de productos financieros está exenta de impuestos bajo la condición de que la inversión se mantenga durante cinco años y no se supere el límite de aportación establecido en 5.000 euros por ejercicio. Cabe señalar que, al igual que en los PPA, este tipo de productos también se vieron afectados por la pandemia y cerraron el ejercicio de 2021 con una contracción del -2,10 por ciento.
Este mismo tratamiento se aplica a sus hermanos mellizos, los CIALP, que tal y como se recoge la norma aprobada en 2014, su «especialidad radica en la exención de las rentas generadas por la cuenta de depósito o el seguro de vida a través del cual se canalice dicho ahorro siempre que aporten cantidades inferiores a 5.000 euros anuales durante un plazo al menos de cinco años».
Ambos son productos orientados a perfiles conservadores, siendo el capital mínimo garantizado del 85 por ciento. En contraprestación, las rentabilidades son bajas, «alcanzando en pocos casos el 2 por ciento de interés técnico (calculado sobre el capital una vez descontados todos los gastos», apuntan en Singular Bank.
Así, la principal diferencia radica en que el primero está comercializado por una aseguradora y, por tanto, vinculado a una póliza de seguro que cubre el fallecimiento. Y el segundo, comercializado por un banco se materializa en una cuenta corriente.
Potentes exenciones fiscales para potenciar el ahorro
Entre los principales retos de la economía española está el de fomentar el ahorro, entre otras cosas para poder hacer frente a un sistema de pensiones cada vez más famélico. Productos como los SIALP, los CIALP y los PIAS fueron diseñados para ello. «Con sus peculiaridades, ambos son productos pensados para fomentar el ahorro gracias a potentes exenciones fiscales si se mantienen más de cinco años», señalan en Singular Bank.
Sin embargo, hemos de tener en cuenta que, por norma general, «este tipo de productos no suelen generar altas rentabilidades por lo que puede que no cumplan con nuestros objetivos». Por tanto, tal y como aconsejan los expertos de Abante «aunque es importante conocerla, nunca deberíamos invertir en un producto financiero concreto porque tenga una fiscalidad muy ventajosa».