Renta 2021: un salvavidas para las malas inversiones
¿Cuándo aflorar las pérdidas? Antes de decidir si vender o no activos con minusvalías, hay que pensar muy bien en la nueva factura fiscal
José Luis Prieto, un funcionario de 62 años, decidió en julio del año pasado vender en pérdidas sus acciones de Telefónica después de sufrir caídas continuadas. Una estrategia fallida, ya que un mes después las acciones de la teleco subieron en vertical. Ahora quiere enmendar su error y, cuando queda menos de un mes para el inicio de la campaña de la renta de 2021, hace números para compensar las pérdidas en bolsa de sus «matildes» con las ganancias logradas en otros valores y así reducir su factura fiscal.
La posibilidad de compensar las minusvalías con las plusvalías obtenidas de una inversión permite al contribuyente pagar impuestos solo por los beneficios reales de sus inversiones. El dinero que ha perdido con una inversión se resta a lo que ha ganado con otra y solo tributa por la diferencia entre ambas.
Esta compensación no se da por igual en todos los activos. Hacienda divide las rentas del ahorro en dos bloques: rendimientos del capital mobiliario (incluye dividendos, intereses de depósitos y de cuentas corrientes, prestaciones de seguros y rentas vitalicias, entre otros) y ganancias y pérdidas patrimoniales (engloba acciones, fondos de inversión, ETF, derivados, divisas e inmuebles).
La norma general es que los activos inmersos en cada bloque se compensen entre sí. Por ejemplo, acciones con fondos o dividendos con intereses de depósitos. «Si este saldo es positivo se integrará en la base imponible del ahorro y tributará en el ejercicio», señala Silvia Albarrán, profesora de tributación y asesoría fiscal en el Centro de Estudios Financieros (CEF).
Pero si tras este primer ajuste el saldo es negativo, la Agencia Tributaria permite compensar entre ambos bloques con un límite del 25 por ciento. Además, si persiste en rojo, podrán compensarse las pérdidas en los cuatro ejercicios fiscales siguientes.
La fórmula para tributar menos
El proceso para contrarrestar pérdidas y ganancias es sencillo y desde Finect dan un ejemplo. Se trata del caso de un contribuyente que en el ejercicio fiscal de 2021 perdió en bolsa 2.500 euros, y ganó 500 euros en fondos de inversión, otros 500 en rendimientos por depósitos y 1.000 euros en dividendos. Para compensar plusvalías con minusvalías primero debe restar los 500 euros que ganó en los fondos a los 2.500 que perdió en bolsa. El resultado son pérdidas patrimoniales de 2.000 euros.
El siguiente paso es compensar esas pérdidas patrimoniales con los rendimientos del capital mobiliario obtenidos con los depósitos y los dividendos. Como el límite es del 25 por ciento del saldo positivo, podrá restar 450 euros. El resultado es que «el contribuyente afrontará pérdidas patrimoniales de 1.550 euros, una cantidad que podrá compensar con las ganancias obtenidas en los cuatro años siguientes», apuntan desde Finect.
Los rendimientos logrados en ambos bloques tributan en la base del ahorro y están gravados con un tipo del 19 por ciento para los primeros 6.000 euros, del 21 por ciento para el tramo entre 6.000 y 50.000 euros y del 23 por ciento para las ganancias que superan los 50.000 euros.
¿Cuándo aflorar pérdidas?
El mejor momento de hacer números y materializar las pérdidas para reducir la factura fiscal es a final de año, recomienda el colectivo de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha).
Pero antes de decidir si es conveniente vender activos con minusvalía en ejercicios en que puedan compensarse con las plusvalías de otros activos, el contribuyente debe pensárselo muy bien, aconseja Paula Satrústegui, socia de asesoramiento patrimonial de Abante.
Considera que el criterio fiscal es importante, pero no debería ser el primero para vender en pérdidas. «No es aconsejable materializar una pérdida mirando aisladamente esa operación y sin tener en cuenta el conjunto de las inversiones como parte del plan financiero y vital».
Incide en que la fiscalidad importa, pero debe ir siempre por detrás del plan financiero.
Uno de los frenos para vender en pérdidas es la norma de anticipación, que impide compensar pérdidas y ganancias. Establece que si el inversor vende con minusvalía no puede entrar en ese activo en un plazo que oscila entre los dos meses, si son activos cotizados, y un año si son no cotizados.
Tres preguntas clave
Desde Abante señalan que antes de tomar la decisión de vender o no un activo para compensar pérdidas y ganancias o rendimientos positivos y negativos, el inversor debe hacerse tres preguntas. La primera es si realmente necesita ese dinero o puede esperar, ya que la pérdida no se materializa hasta que se vende. «Quizá, si tenemos paciencia el mercado puede subir y ese activo recuperar su valor», apuntan los expertos.
En segundo lugar, debe analizar si ese producto es el más adecuado para vender en el caso de que necesite liquidez, o si hay una alternativa que le interese más, ya que «a veces puede parecer más sencillo y rápido vender un determinado activo o producto de inversión, pero puede que esa decisión sea perjudicial desde un punto de vista financiero».
En tercer lugar, hay que comprobar que, si se vende un activo y se asume una perdida, qué otras opciones existen dentro de la cartera para materializar ganancias y compensar parte de esa pérdida.
Por ello, Satrústegui indica que antes de salir de un activo «primero hay que ver si financieramente me interesa y, después, si fiscalmente es positivo y si me compensa hacerlo».
Los fondos pueden compensar ilimitadamente sus pérdidas
La mala elección de un fondo de inversión que genere pérdidas puede verse favorecida en la declaración de la renta. El partícipe puede compensar las minusvalías generadas por el fondo con las plusvalías logradas con otros activos y tributar por la diferencia entre ambas. Esta compensación es ilimitada respecto a otras ganancias patrimoniales y tiene un límite del 25 por ciento en el caso de los rendimientos obtenidos por el capital mobiliario.
Más impuestos para las rentas altas
Las rentas más altas serán las más ‘penalizadas’ por la Campaña de la Renta de 2021, que arranca el próximo 6 de abril e incluye como principal novedad la subida del IRPF a los contribuyentes con rentas superiores a 300.000 euros. Contempla el aumento de dos puntos del tipo estatal que grava estas rentas, hasta el 47 por ciento, y tres puntos para las rentas de capital de más de 200.000 euros, hasta el 26 por ciento.