Un balón de oxígeno para el asesoramiento
Las eaf no estarán obligadas a aumentar su capital social hasta los 75.000 euros. A cambio perderán su pasaporte europeo
Las empresas de asesoramiento financiero (eaf) constituidas como personas jurídicas pueden librarse de la obligación de aumentar su capital social hasta los 75.000 euros si se acogen voluntariamente a una excepción prevista en los artículos 3 de la directiva de mercados Mifid II y 139 bis de la vigente ley del mercado de valores, que les permite mantener su capital social en 50.000 euros a cambio de perder su pasaporte para prestar servicios en otros países de la UE.
Así lo ha señalado la CNMV en una carta que ha enviado a las eaf en la que les pide que deben informar de si se acogen o no a esta excepción de requisitos y obligaciones de solvencia. Las que opten por ella seguirán prestando sus servicios de asesoramiento en materia de inversión únicamente en España, «con sujeción a los requisitos y al régimen de supervisión que en su caso se establezca reglamentariamente», han informado a INVERSIÓN fuentes de la CNMV.