Cuál será su pensión si se jubila a partir de ahora

Los futuros jubilados deben calcular sus pensión teniendo en cuenta la base reguladora y los coeficientes en función de los años cotizados

La primera fase de la reforma de las pensiones que ha entrado en vigor este año ha generado cambios que afectan al cálculo de las pensiones. Por ello, los trabajadores que estén cerca de la edad de jubilación y quieran conocer la pensión que van a recibir o aquellos que proyectan diseñar un plan financiero para complementarla tienen que volver a hacer números.

Lo primero a tener en cuenta son los requisitos necesarios para acceder a la jubilación. En 2022 la edad de jubilación ordinaria son 66 años y 2 meses cuando se acrediten menos de 37 años y 6 meses de cotizaciones. Para los que han cotizado más tiempo, la edad de retiro está establecida en los 65 años.

Los que no se jubilan en 2022 deben saber que la edad ordinaria de retiro irá aumentando en dos meses cada año hasta llegar en 2027 a los 67 años.

Otro requisito para acceder a una pensión pública es haber cotizado a la Seguridad Social al menos 15 años, de los cuales 2 años deben estar comprendidos en los 15 años anterior al retiro.

Calcular la base reguladora

El primer paso para conocer la cuantía de la futura pensión es calcular la base reguladora. Para los que se jubilan a partir de 2022 se tienen en cuenta los 25 años de cotización previos al día de la jubilación, es decir 300 meses. El cálculo se hace sumando las cotizaciones de esos 300 meses y dividiendo el resultado entre 350.

Si hay periodos en los que no se ha cotizado y se trata de un trabajador por cuenta ajena, las 48 primeras mensualidades sin cotizaciones se integran en la base reguladora con un importe igual al 100 por ciento de la base de cotización mínima vigente en esos meses y las restantes con el 50 por ciento.

En el caso de los trabajadores autónomos no hay integración de lagunas de cotización y los meses en que no se ha cotizado se cuentan como importe cero.

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Coeficientes

Calculada la base reguladora hay que aplicar los coeficientes en función de los años cotizados. Así, con 15 años de cotizaciones se tiene derecho al 50 por ciento de la base reguladora.

Para tener derecho al 100 por cien es necesario cotizar un mínimo de años que varía según el año de acceso a la jubilación. En 2022 son 36 años y a partir de 2027 serán necesarios 37 años cotizados para acceder al cien por cien.

Complemento de mínimos

Si una vez calculada la pensión su cuantía es inferior a la pensión mínima establecida -12.467 euros al año con cónyuge a su cargo, 10.103,80 euros sin cónyuge y 9.590 euros con cónyuge no a cargo- puede ampliarse con un complemento de mínimos si se acreditan determinados requisitos.

Entre ellos destacan que los complementos por mínimos son incompatibles con la percepción por el pensionista de rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales cuando esas rentas superen los 7.939 euros al año.

Coeficientes reductores para la jubilación anticipada

Si se trata de una jubilación anticipada, se aplican unos coeficientes reductores mensuales en función del número de meses de adelanto y del periodo de cotización acumulado.

Esto supone una novedad respecto a la normativa anterior, en la que los coeficientes reductores, que eran trimestrales, se aplicaban sobre la base reguladora.

Los nuevos coeficientes se sitúan entre unos rangos mínimos y máximos: en caso de tener cotizados menos de 38 años y 6 meses, anticipar la jubilación supondrá una reducción en la pensión de entre el 21 por ciento -24 meses antes- y el 3,26 por ciento -1 mes antes-.

Con más de 38 años cotizados y 6 meses y menos de 41 años y 6 meses, la reducción máxima será del 19 por ciento -24 meses de anticipo- y la mínima del 3,11 por ciento -1 mes-.

Si se tienen más de 41 años y 6 meses cotizados y menos de 44 años y 6 meses, el coeficiente reductor para los que se jubilan 24 meses antes será del 17 por ciento. Si se jubilan un mes antes, la reducción será del 2,96 por ciento.

Por último, los que tengan más de 44 años y 6 meses cotizados tendrán una reducción del 13 por ciento en caso de jubilarse dos años antes y del 2,81 por ciento en caso de hacerlo un mes antes.

Bonificaciones por retrasar la edad de jubilación

Adelantar la jubilación penaliza, pero retrasarla bonifica, así lo recoge la reforma de las pensiones diseñada por el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá.

Por ello, si el trabajador decide demorar su retiro cobrará un porcentaje adicional por cada año completo cotizado entre la fecha en que debería haberse jubilado por edad y la fecha en que se jubiló.

Podrá optar por tres tipos de bonificación. El primero consiste en una subida de la pensión del 4 por ciento por cada año completo cotizado después de cumplir la edad ordinaria de jubilación. Este porcentaje adicional se aplicará a la pensión que perciba mensualmente el resto de su vida.

La segunda opción se basa en percibir un capital único por cada año de retraso, en función del importe de la pensión y la duración de la carrera de cotización.

Esta cantidad oscilará entre un mínimo de 4.786,27 euros y un máximo de 12.060,12 euros, por cada año de retraso, y se recibe en el momento de la jubilación y la tercera alternativa es una combinación de ambas opciones.

Utilizar un simulador

Los trabajadores que detestan los números o que se les dan mal pueden recurrir al simulador de jubilación de la sede electrónica de la Seguridad Social, conocido como Tu Seguridad Social, que, entre otros datos, aporta la fecha probable de la jubilación del usuario y el monto de su pensión.

Empezar a mover ficha

Si tras conocer el monto de su pensión, el trabajador considera que esa cantidad no le llegará para mantener su actual nivel de vida, Isabel Casares, secretaria general de la Organización de Consultores de Pensiones (Ocopen), recomienda “empezar a ahorrar para el retiro lo antes posible, hacerlo con regularidad e ir incrementando el importe”.

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