Jubilación anticipada: ¿Cuál es el coste ahora?
Anticipar voluntariamente la jubilación, con la reforma de las pensiones, es más caro desde este año
Retrasar la edad de jubilación es uno de los objetivos de la primera parte de la reforma de las pensiones aprobada por el Gobierno que ha entrado en vigor este año.
El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, pretende acercar a la edad real de jubilación, que ahora ronda los 64,5 años, a la edad legal que para 2022 está establecida en los 66 años y dos meses si se acreditan menos de 37 años y 6 meses de cotizaciones a la Seguridad Social.
Para aquellos trabajadores que han cotizado más tiempo la edad ordinaria de jubilación es a los 65 años.
La jubilación anticipada se endurece
Los que quieran adelantar su retiro pueden acogerse a la jubilación anticipada voluntaria, pero sacrificando una parte de su pensión.
Pueden hacerlo a partir de los 63 años los que tengan un historial de cotizaciones de 37 años y seis meses o más, y a los 64 años y 2 meses si han cotizado menos tiempo, pero, como mínimo, se requiere haber cotizado 35 años, de los cuales dos deberán estar comprendidos en los 15 años anteriores al retiro.
Además, la pensión que reciban debe ser superior a la pensión mínima que les correspondería al cumplir su edad legal de retiro, si resulta inferior no podrán jubilarse anticipadamente.
Merma en la pensión
La principal consecuencia de retirarse antes de tiempo es la penalización que sufre el jubilado en su pensión durante todo su retiro, que la actual reforma ha endurecido al modificar los coeficientes reductores que se aplican a partir de este año.
Se aplican en función del número de meses de adelanto de la edad de jubilación y del periodo de cotización total.
Desde enero de 2022, los coeficientes son mensuales, es decir, por cada mes de adelanto de la edad de jubilación, en lugar de trimestrales como hasta ahora, y se aplican sobre el importe de la pensión teórica -calculada en función del número de años cotizados y de las bases de cotización- y no sobre la base reguladora como ocurría antes.
¿Cómo calcular la pensión?
El primer paso para saber la cuantía de la pensión es calcular la base reguladora. A partir de 2022, se tienen en cuenta los 25 años de cotización previos a la fecha del retiro, es decir, 300 meses de cotización.
Para calcular la base reguladora se divide la suma de las cotizaciones de esos 300 meses entre 350. Si existen lagunas de cotización, las 48 primeras mensualidades sin cotizaciones se integran con el cien por cien de la base de cotización mínima vigente en esos meses. Las restantes, con el 50 por ciento de la base mínima de entre todas.
En el régimen de autónomos no hay integración de lagunas, los meses sin cotización se cuentan como importe cero.
Coeficientes en función de los años cotizados
Antes de aplicar los coeficientes por anticipación de la edad de jubilación, se aplican otros coeficientes en función de los años cotizados.
Con 15 años cotizados, se tendrá derecho al 50 por ciento de la base reguladora y para tener derecho al cien por cien es necesario cotizar un mínimo de años que variará según el año de jubilación. En 2022 son de 36 años. A partir de 2027 serán necesarios 37 años cotizados.
Coeficientes reductores
El paso final consiste en aplicar sobre la pensión los coeficientes reductores mensuales por anticipación de la jubilación, en función del número de meses de adelanto y del periodo de cotización acumulado.
Esto supone una novedad respecto a la normativa anterior, en la que los coeficientes reductores, que eran trimestrales, se aplicaban sobre la base reguladora.
Rebajas del 21 al 2,81 por ciento
Los nuevos coeficientes se sitúan entre unos rangos mínimos y máximos: en caso de tener cotizados menos de 38 años y 6 meses, anticipar la jubilación supondrá una reducción en la pensión de entre el 21 por ciento -24 meses antes- y el 3,26 por ciento -1 mes antes-.
Con más de 38 años cotizados y 6 meses y menos de 41 años y 6 meses, la reducción máxima será del 19 por ciento -24 meses de anticipo- y la mínima del 3,11 por ciento -1 mes-.
Si se tienen más de 41 años y 6 meses cotizados y menos de 44 años y 6 meses, el coeficiente reductor para los que se jubilan 24 meses antes será del 17 por ciento. Si se jubilan un mes antes, la reducción será del 2,96 por ciento.
Y los que tengan más de 44 años y 6 meses cotizados tendrán una reducción del 13 por ciento en caso de jubilarse dos años antes y del 2,81 por ciento en caso de hacerlo un mes antes.