Cómo me afecta la nueva directiva europea sobre el IVA si soy autónomo o tengo una empresa
Estas son las claves de la nueva directiva europea que tiene como objetivo reducir la carga administrativa para los autónomos y las pequeñas empresas
Existe una directiva europea (la 2020/285, aprobada por el Consejo Europeo el 18 de febrero de 2020) que tiene como objetivo simplificar y modernizar el régimen del impuesto sobre el valor añadido (IVA) dentro de la Unión Europea (UE).
Entre las disposiciones de la directiva europea sobre el IVA, destaca la posibilidad de eximir a ciertos contribuyentes de la obligación de incluir el IVA en sus facturas y de tener que presentar declaraciones periódicas por este impuesto, concretamente aquellos cuya facturación anual no exceda los 85.000 euros, fundamentalmente autónomos y pequeñas empresas.
Ello significa no tener que emitir facturas con IVA, y dejar de presentar y liquidar las declaraciones trimestrales y anuales del impuesto.
No obstante, se establece una cláusula de salvaguarda por la cual, si el volumen de negocio de los contribuyentes que se beneficien de esta exención supera en más de un 10 por ciento el límite de facturación establecido, dejaría de aplicárseles automáticamente este régimen (aunque la directiva permite a los Estados ampliar este porcentaje hasta el 25 por ciento).
Contexto de la directiva europea sobre IVA
La Directiva 2020/285 fue adoptada como parte de un paquete de medidas para mejorar la administración del IVA en la UE. Uno de los propósitos fundamentales de esta normativa es reducir la carga administrativa para los autónomos y las pequeñas empresas.
En este contexto, la propuesta de exención de la obligación de presentar declaraciones del IVA para aquellos con ingresos anuales inferiores a 85.000 euros busca precisamente facilitar y simplificar su operativa diaria.
La transposición de esta directiva europea sobre el IVA a la normativa española plantea un escenario de cambios significativos para los autónomos y las pequeñas empresas, cuyos efectos pueden ser tanto positivos como negativos.
Beneficios de la exención de la obligación de declaración del IVA
- Reducción de la carga administrativa: la principal ventaja de esta directiva europea sobre el IVA es la reducción significativa de la carga administrativa. Muchos autónomos y pequeños empresarios dedican un tiempo considerable a la preparación y presentación de estas declaraciones, lo que genera evidentes costes indirectos o adicionales en caso de acudir a una asesoría fiscal. La eliminación de esta obligación permitiría a los sujetos afectados concentrarse más en su actividad principal y menos en tareas administrativas, así como reducir la factura de los servicios de asesoría.
- Mejora de la rentabilidad: al reducir los costes administrativos, los autónomos y las pequeñas empresas podrían experimentar un aumento en su rentabilidad. El hecho de no tener que presentar declaraciones de IVA liberaría recursos que podrían reinvertirse en el negocio o reducir el riesgo de impagos, fomentando así su crecimiento y sostenibilidad.
- Fomento de la formalización de la actividad: esta exención podría incentivar a los trabajadores autónomos que actualmente operan total o parcialmente en la economía informal a regularizar su situación. Al eliminar la obligación de facturar el IVA, así como las cargas administrativas y sus costes derivados, más personas podrían decidir darse de alta como autónomos y declarar sus ingresos, contribuyendo a una mayor formalización de actividades económicas no declaradas.
Inconvenientes de la exención de pagar IVA
- Pérdida de deducción del IVA: uno de los principales inconvenientes de no presentar declaraciones del IVA es la pérdida de la posibilidad de deducir el IVA soportado en las compras y gastos del negocio. Para muchos autónomos, especialmente aquellos que realizan compras significativas para sus actividades, la capacidad de deducir el IVA puede ser un factor determinante en la gestión de su flujo de caja. La exención podría, por tanto, perjudicar a algunos de ellos.
- Riesgo de fractura del mercado: la implementación de esta directiva europea sobre el IVA podría dar lugar a una fractura en el mercado entre aquellos que se puedan beneficiar de la exención y aquellos que superen el umbral de 85.000 euros. Esto podría generar una percepción de agravio en el trato fiscal, y de crear un entorno competitivo desigual que podría perjudicar a los autónomos y las empresas que estén obligados a seguir facturando y presentando declaraciones de IVA.
- Dificultades en el control fiscal: la recaudación del IVA es fundamental para las finanzas públicas y, desde la perspectiva de la Administración tributaria, la eliminación de la obligación de presentar declaraciones de IVA y la liberación de las obligaciones de información correspondientes, podría dificultar el control fiscal de las operaciones exentas.
Transposición y plazos
La transposición de la Directiva 2020/285 a la normativa española no es automática. Corresponde al Gobierno español elaborar un proyecto de ley que refleje los cambios propuestos por la directiva europea sobre el IVA y que posteriormente debe ser aprobado por el Parlamento.
De momento se han realizado consultas con diferentes sectores económicos y asociaciones de autónomos para evaluar el impacto de la directiva y recoger opiniones sobre la mejor forma de implementación.
Estas consultas son esenciales para asegurar que la transposición responda a sus necesidades.
En todo caso, la duración del proceso legislativo puede variar, pero la normativa europea establece un plazo máximo para la transposición.
Según el artículo 3 de la directiva, los Estados miembros deben adoptar y publicar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la misma, a más tardar, el 31 de diciembre de 2024. Y se aplicarán dichas disposiciones a partir del 1 de enero de 2025.
Transcurridos estos plazos, y si no se establecen prórrogas, España se arriesgaría a ser sancionada por la UE.
Aviso a navegantes
Aquellos que crean que podrán seguir aplicándose la exención una vez superado el límite de facturación, simplemente presentando la baja de la actividad y dando de alta otra nueva, deben saber que la reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de 4 de octubre de 2024 ha declarado que la creación de una sociedad para disfrutar de la exención por una actividad que ejercía anteriormente otra, en el momento en el que esta última dejó de cumplir los requisitos necesarios para acogerse a su régimen, resulta una práctica abusiva y ya no podrá volver a aplicarse tal exención, sin necesidad de que la norma estatal recoja esta prohibición.
Alcance de la nueva directiva europea del IVA
La posible transposición de la Directiva europea 2020/285 a la normativa española podría tener un impacto significativo en los autónomos y las pequeñas empresas cuya facturación no exceda de los 85.000 euros, ofreciendo beneficios como la reducción de la carga administrativa, la minoración de costes de gestión y el fomento de la formalización de las actividades económicas.
Sin embargo, también existen desventajas, como la pérdida de la capacidad de deducir el IVA y el riesgo de desigualdades en el mercado.
El éxito de esta directiva europea del IVA dependerá de su adecuada implementación y de cómo el Gobierno español aborde los desafíos asociados.
En un contexto donde la carga fiscal y administrativa es un tema recurrente para los autónomos y las pequeñas empresas, la transposición de esta directiva podría ser una oportunidad para mejorar la viabilidad de los que puedan beneficiarse de estas medidas, pero debería mantenerse un equilibrio entre la simplificación administrativa y la equidad fiscal.
Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.