Jubilación. El Gobierno proyecta sacar las pensiones no contributivas de la Seguridad Social

Estas prestaciones rondan los 400 euros al mes y las reciben 449.588 pensionistas

Ayudar a subsistir a aquellas personas que están en situación de necesidad y que no  han cotizado a la Seguridad Social o no lo han hecho el tiempo suficiente para recibir una pensión contributiva de jubilación es el objetivo que pretenden cubrir las pensiones no contributivas.

La nómina de estas pensiones -que cubren tanto la jubilación como la invalidez-  alcanzó en agosto los 183.261.545 euros y se concedieron a 449.588 pensionistas.

Se implantaron en España hace 30 años y están financiadas por la Seguridad Social y gestionadas por las comunidades autónomas, pero esto puede cambiar en poco tiempo.

Según ha manifestado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, las pensiones no contributivas podrían integrarse en el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Así, la Seguridad Social dejará de abonarlas, lo que contribuirá a sacarla del déficit crónico que arrastra desde hace décadas.

Cerró 2019 con un déficit de 16.000 millones de euros, lo que supuso un 1,3% del PIB, y las previsiones para este año son peores.

Escrivá espera que en 2020 el déficit de la Seguridad Social alcance el 2% del PIB, y la Airef considera que asumirá este año un desfase presupuestario de hasta 38.000 millones de euros, equivalentes al 3,5% del PIB.

Una pensión de 400 euros

Por el momento, la Seguridad Social seguirá pagando las pensiones no contributivas, que este año se han revalorizado hasta alcanzar los 5.538,40 euros anuales. Se abonan en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año.

Publicidad

Lo que supone que estos pensionistas cobran cerca de 400 euros al mes, una cifra inferior a la renta mínima vital que oscila entre los 461,5 euros para un adulto que viva solo y los 1.015 euros para hogares de cinco miembros.

No obstante, aquellos que cobran una pensión no contributiva de invalidez cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten que necesitan la ayuda de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán, además, un complemento del 50% de los 5.538,40 euros anuales, con lo que sumarán 2.769,20 euros anuales

Requisitos para recibirlas

Para recibir la pensión no contributiva tanto de invalidez como de jubilación los ciudadanos tienen que cumplir una serie de requisitos entre los que destaca que las rentas o ingresos de que se dispongan sean inferiores a los 5.538,40 euros anuales.

Si los ingresos son menores de esa cantidad y el solicitante convive con familiares, solo podrá recibir la prestación cuando la suma de los ingresos anuales de los miembros de la familia sean inferiores a las siguientes cifras:

  • Convivencia solo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado: si son dos convivientes, 9.415,28 euros al año; si son tres, 13.292,16 euros; si son cuatro, 17.169,04 euros.
  • Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra uno de sus padres o hijos: con dos convivientes, 23.538,20 euros; con tres, 33.230,40 euros; con cuatro, 42.922,60 euros.

Pensión no contributiva de invalidez

Los solicitantes de la pensión no contributiva de invalidez tienen unos requisitos específicos como:

  • Tener 18 años o más y menos de 65.
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Pensión no contributiva de jubilación

En estos casos los requisitos son:

  • Tener 65 o más años.
  • Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Ambas pensiones son incompatibles con las pensiones contributivas. No obstante, la pensión no contributiva de invalidez no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con la discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo.

¿Cómo solicitarlas?

La solicitud de la pensión no contributiva podrá presentarse en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social, en las que se facilitará el impreso correspondiente, también se pueden presentar por correo.

Además, las personas que ya reciban la pensión no contributiva están obligadas a presentar en el primer trimestre del año una declaración de los ingresos o rentas computables de su unidad económica de convivencia, referidos al año anterior, así como las posibles variaciones y previsiones relativas al año en curso.

Los pensionistas tienen que tener muy en cuenta la presentación de esta declaración en el plazo indicado, ya que si no lo hacen les puede resultar caro: la retirada de su pensión.

En portada

Noticias de